ESTA PRÁCTICA ESTÁ PROHIBIDA EN ALGUNAS CIUDADES ESPAÑOLAS
Cuidado con sacar la silla a la calle para "tomar el fresco", pueden multarte con hasta 1.000 euros
Algunas ciudades españolas, como Cullera, consideran estas costumbres veraniegas como una "tradición histórica". Sin embargo, en otras ciudades, como Madrid, están multadas con sanciones cercanas a 1.000 euros.
Combatir el calor en estos meses puede salir muy caro en algunas ciudades españolas. Sacar la silla a la calle, bañarse en las fuentes públicas, ir sin camiseta o regar a deshora está sancionado en algunas ciudades con multas cercanas a los 1.000 euros.
En Cullera (Valencia), por ejemplo, se considera una "tradición histórica" la costumbre de sacar la silla a la calle para "tomar el fresco". Esto puede contemplarse en el artículo ocho de su ordenanza de movilidad.
Incluso, en otros municipios valencianos como Andilla flexibilizaron la ordenanza de Policía y Buen Gobierno en 2011, donde establecieron que no se considera "ocupación pública la arraigada costumbre popular de salir, sobre todo en época estival, a tomar 'el fresco', evitando así que los vecinos incurrieran en la prohibición de ocupar la vía pública sin autorización municipal".
Sin embargo, en las grandes ciudades como Madrid o Barcelona esta práctica está multada con 750 y 500 euros, respectivamente. En relación con la actividad de bañarse en fuentes públicas, la práctica suele estar prohibida en casi todos los municipios. Ejemplo de ello son Madrid, Sevilla, Hospitalet o Málaga. Estas infracciones se multan entre 120 y 750 euros.
Otro de los riesgos de los meses más calurosos es realizar un uso negligente del agua a la hora de lavar, regar o llenar las piscinas. Este hecho recoge varias ordenanzas municipales. Por ejemplo, en Madrid, la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua de Madrid contempla en su artículo 5 ciertas malas prácticas como la falta de control y mantenimiento o el incorrecto uso de hidratantes y sistemas de riego.
Por otro lado, regar las plantas a deshora o tirar agua a la calle suele estar prohibido en la mayoría de las ordenanzas. En Madrid se penará con una multa de 750 euros, mientras que en Sevilla está sujeto a un horario, desde las 00:00 hasta las 08:00 y deben tener precaución para no molestar a los vecinos. En caso de no cumplirlo se castigará con una multa de hasta 120 euros.