Por el crimen de Emilce, de 18 años
El descuartizador de Valdemoro, condenado a 25 años de cárcel por el asesinato y mutilación de una joven
Leonardo V. J., conocido como el 'descuartizador de Valdemoro', ha sido condenado por los delitos de asesinato y profanación. Los magistrados imponen a Leonardo diez años de libertad vigilada una vez que sea excarcelado, así como el pago de indemnizaciones a los padres y hermana de la víctima.
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 25 años y cinco meses de cárcel a Leonardo V. J., conocido como el'descuartizador de Valdemoro', culpable de un delito de asesinato y otro de profanación de cadáver por matar y descuartizar a una joven de 18 años la noche del 15 de octubre de 2019 en un chalet okupado de Valdemoro. Así consta en la sentencia, en la que los magistrados imponen al acusado diez años de libertad vigilada una vez sea excarcelado. Además, deberá indemnizar a los padres de la fallecida con 102.852 euros, y a su hermana con 46.248.
La sentencia se dicta después de que un jurado popular calificara el macabro crimen de asesinato y profanación de cadáver. Los miembros del tribunal absolvieron a Celia B. M., expareja de Leonardo, que había sido acusada por la familia de encubrir el crimen.
El crimen de Emilce se produjo la noche del 15 de octubre de 2019. Fue la exnovia del acusado quien alertó a la Guardia Civil de que le había ayudado a deshacerse de un cadáver. El joven, de 27 años, vivía en un chalet en la calle Francia de Valdemoro y se hacía llamar en redes 'The Butcher' (carnicero).
Durante el juicio, Leonardo se mostró impasible y atento al relato de los testigos y familiares de la joven. Entre sus manos esposadas, solía sujetar una carpeta en la que se podía leer su apodo. En una sesión, el padre de la joven no aguantó el relato de los agentes acerca del escenario terrorífico que hallaron en la vivienda e increpó al asesino de su hija.
En su declaración, el acusado manifestó que la joven fallecida murió asfixiada con una máscara en el transcurso de un juego sexual de carácter sadomasoquista, incriminando a su expareja al afirmar que la idea de deshacerse del cuerpo fue de ella.
Sin embargo, en la sentencia los magistrados recalcan que "no hay constancia alguna, siquiera indiciaria, del hecho de que la joven fuera al domicilio del acusado con la finalidad de realizar prácticas sexuales sado masoquistas, ya que no se aprecian lesiones compatibles con dichas prácticas en los restos que pudieron ser autopsiados, según los médicos forenses". También recuerdan los jueces que la madre de la chica "nunca" le observo en la revisiones ginecológicas marcas que sugirieran la práctica sexual sadomasoquista". Incluso su novio manifestó que no disfrutaba con el dolor.
"La máscara en cuestión que supuestamente llevaba aparece guardada en un armario, sin restos indiciarios de que la llevara puesta sobre la cara de E. cuando murió", exponen los magistrados, que inciden en que "la marca que observan los médicos forenses sobre el cuello es compatible con un objeto filiforme, por tanto objeto fino a modo de cordón o cable, no con el cinturón de cuero, que según el acusado es el que, de forma imprudente, aprieta alrededor del cuello".
La Sala detalla que en el tronco del cadáver aparece un recorte en forma de rombo, respecto al que el acusado no ofrece explicación, que sugiere, como declaran los Médicos forense, que en dicho lugar pudo producirse una herida corto punzante que pudo afectar órganos vitales -que no fueron hallados, ya que parte del tronco carecía de los mismos-.
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