Aún con restricciones
Esta es la normativa de las piscinas comunitarias de Madrid
Entre las restricciones a destacar, el aforo se ha reducido a un 60%, la distancia mínima interpersonal deberá ser de tres metros y la mascarilla será obligatoria.
Mañana 15 de mayo, coincidiendo con la celebración de San Isidro, abrirán las piscinas municipales en Madrid. Las comunidades de vecinos también empezarán a disfrutar de sus zonas de baño comunitarias. Sin embargo, debido a la situación actual, la normativa obliga a cumplir una serie de requisitos. Son los siguientes:
- Aforo: máximo de un 60%, tanto en acceso como en las propias piscinas.
- Distancia mínima: tres metros entre personas.
- Objetos personales: también tres metros de distancia entre ellos.
- Mascarilla: obligatoria tanto en el acceso como en los paseos alrededor. No lo será en el momento de baño o durante la estancia en la toalla -siempre y cuando también se respete la distancia-.
- Limpieza y desinfección: obligatoria, con "especial atención a espacios cerrados" como vestuarios y baños. Deberán realizarse, al menos, en dos ocasiones al día.
- Síntomas: en caso de presentarse, el usuario deberá abandonar el espacio.
- Cloro: concentración de cloro libre residual de 0,5mg/l o inferior, nunca superior.
- Socorrista: obligatorio en las comunidades con más de 30 viviendas.
Así es la serie de normas que se recogen en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid sobre las piscinas al aire libre o cubiertas, siempre y cuando sean estas de uso recreativo. No obstante, el mismo BOCM advierte de que las restricciones no se aplican de la misma manera en otras circunstancias.
Por ejemplo, en lo relativo a las piscinas que comparten las comunidades de vecinos hay que mantener un porcentaje de aforo y respetar la distancia de seguridad mínima para evitar riesgos de contagio, pero no se implementan estas medidas en piscinas que se encuentren en parcelas de viviendas unifamiliares.