HAY CINCO CONDENADOS
La Fiscalía pide prisión inmediata para 'la Manada de Manresa' por violar a una menor de 14 años
La Fiscalía ha pedido a la Audiencia de Barcelona que ordene el ingreso en prisión inmediata de los cinco condenados a penas de entre 10 y 12 años de cárcel por violar por turnos a una menor de 14 años en Manresa (Barcelona), a la espera de que se resuelvan los recursos contra la sentencia.
A la espera de la resolución de los recursos contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona, el Ministerio Fiscal ha pedido que los condenados por la violación por turnos a una menor de 14 años en Manresa, ingresen de manera inmediata en prisión.
Según han informado fuentes judiciales, la Fiscalía ha pedido que se celebre una vista de prisión para los cinco condenados, para poder solicitar su encarcelamiento inmediato. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado que la vista para resolver la situación personal para cuatro de los condenados se celebrará en la sección 22 de la Audiencia de Barcelona, mientras que la sesión para el quinto sentenciado ya se ha programado.
La Audiencia de Barcelona condenó a penas de entre 10 y 12 años de cárcel por un delito deabuso sexual a cinco de los seis procesados por violar por turnos a una menor de 14 años en Manresa, a quienes la Fiscalía acusaba de agresión sexual al entender que la víctima fue intimidada.
En su sentencia, que fue recurrida, entre otros por la Fiscalía, la sección 22 de la Audiencia de Barcelona absolvió a uno de los seis acusados de la violación, ocurrida en octubre de 2016 durante un botellón en una nave abandonada y a un séptimo hombre al que se imputaba omisión de impedir delitos, por masturbarse mientras presenciaba el ataque sin tratar de evitarlo.
El tribunal descartó la tesis de la Fiscalía de que los procesados se valieron de su superioridad numérica y el estado de ebriedad de la víctima para intimidarla y agredirla sexualmente y mostró su "sorpresa" por el hecho de que el ministerio público, que inicialmente acusaba a los procesados de abusos, lo elevara a agresión sexual en sus conclusiones definitivas.
Para la sala, los hechos deben ser calificados de abuso porque la víctima se encontraba "en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía" y sin poder "determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales" con los procesados, quienes no tuvieron que emplear "ningún tipo de violencia o intimidación" contra ella.
La Audiencia consideró probado que la menor estuvo tomando bebidas alcohólicas y fumando algún porro en un botellón al que acudió junto a un grupo de amigos, en una fábrica abandonada situada en el Camí Torre d'en Viñas de Manresa, por lo que perdió la conciencia "de lo que pasaba y lo que hacía" y no la recuperó hasta la mañana siguiente.
Uno de los procesados, Bryan Andrés M., se llevó entonces a una caseta adjunta a la nave a la menor, cuya condición de menor de 16 años "no pasó desapercibida a ninguno de los congregados", y abusó sexualmente de ella, tras lo que animó a hacerlo a cuatro de sus amigos, que la penetraron vaginalmente, añade la sentencia. Posteriormente,dos de los procesados -Bryan Andrés M. y Maikel P., condenados a doce años- obligaron a la menor a que les practicara una felación.