PUDO HACERLO POR DESPECHO
Investigan a un antiguo amante de Verónica en Iveco como sospechoso de haber difundido el vídeo sexual
Un antiguo amante es el principal sospechoso de difundir el vídeo sexual de Verónica. La víctima le habría enviado el vídeo cuando mantuvieron una esporádica relación durante unos meses en los que ella rompió con su actual marido.
Un amante despechado de Verónica, la trabajadora de Iveco que se suicidó tras la difusión de un vídeo sexual suyo, centra la investigación policial, según publicaEl Mundo.
Se trata de un compañero de trabajo con el que mantuvo una relación sentimental hace unos cinco años, cuando rompió durante unos meses con su actual marido. En ese tiempo, la víctima le mandó un vídeo en el que salía sola y que ahora éste habría enviado a un grupo de compañeros de trabajo.
Todo apunta a que lo distribuyó por despecho, según los datos que apuntan fuentes sindicales, aunque Carlos Quílez aclara que no hay confirmación judicial.
Ahora los agentes estudian si existió un caso de acoso laboral por parte de este hombre. Verónica se quitó la vida tras la difusión de ese vídeo, que había llegado incluso a su actual marido.
A su vez, CCOO ha anunciado que denunciará a Iveco Madrid ante Inspección de Trabajo por no activar el protocolo de acoso sexual al tener conocimiento de que se estaba difundiendo el vídeo, y ha asegurado que la muerte tiene que considerarse un accidente laboral.
Grabar y difundir un vídeo íntimo, un delito penado con cárcel
La difusión de un vídeo o una imagen íntima puede conllevar un delito. No importa que el material en cuestión no haya sido grabado por la persona que lo difunde. La sola difusión puede hacernos incurrir en un delito de revelación de secretos.
Pero hay un matiz importante: para condenar a la persona que difunde esas imágenes se debe acreditar que sabía que ese contenido era ilegal y no siempre es posible demostrarlo.
Para quien graba esas imágenes los supuestos cambian. Lo hacen en tres variantes:
- Si la grabación se hace con consentimiento y su difusión no, la pena puede oscilar entre los tres y los doce meses
- Si la grabación y difusión se llevan a cabo sin consentimiento, la pena puede ser de hasta cinco años
- Si el vídeo es de contenido sexual y la víctima es menor, la condena puede llegar hasta siete años
Los expertos aconsejan una doble regla básica: nunca compartir este tipo de contenidos y denunciar siempre su difusión.