EN APLICACIÓN A LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
Un juzgado exonera a un matrimonio de Terrassa de pagar una deuda de 340.000 euros
El juzgado mercantil número 10 de Barcelona ha exonerado a un matrimonio de Terrassa, que tiene dos hijas e ingresos muy bajos, de pagar una deuda de 340.000 euros acumulada por una actividad empresarial fracasada en aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad.
El matrimonio, formado por Isabel Valero y Eduardo Lores, ha conseguido así que el juzgado le conceda el llamado Beneficio de Exoneración de Pasivo Insatisfecho, previsto en la citada ley, que entró en vigor en 2015, según ha informado Repara tu Deuda, compañía especializada en aplicar esta normativa.
La pareja cuenta con unos ingresos conjuntos que no alcanzan los 2.000 euros.
La Ley de la Segunda Oportunidad permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores siempre que se demuestre que previamente el deudor ha actuado de buena fe y que ha intentado sin conseguirlo un acuerdo para aplazar la deuda o pagar mediante la cesión de bienes.