SE DEBE MODIFICAR LA AMBIGÜEDAD

El Observatorio contra la LGTBfobia, en contra de suavizar las penas por el delito de odio en redes: "Libertad de expresión no puede significar libertad de agresión"

El Observatorio contra la LGBTfobia se muestra contrario a suavizar las penas por delitos de odio, en nombre de la libertad de expresión, como estudia la Fiscalía. Aseguran que se debe modificar la ambigüedad que existe a la hora de determinar un delito de odio, para que esto no suponga una limitación para la libertad de opinión.

El Observatorio Español contra la LGTBfobia, STOPLGTBfobia, se ha mostrado contrario a suavizar las penas por delitos de odio en redes sociales, como estudia la Fiscalía General del Estado.

La Fiscalía ha planteado una reforma del artículo 510 del Código Penal para mejorar la proporcionalidad de los castigos a quienes difundan en redes sociales mensajes que inciten al odio y evitar la pena de ingreso en prisión para aquellos que no merezcan tanto reproche penal.

Sin embargo, el Observatorio contra la LGTBfobia considera que no se deben suavizar las penas, sino modificar el citado artículo "para eliminar ambigüedades en la consideración de delitos de odio" y para "imponer limitaciones y equilibrios en los derechos de libertad de religión, opinión, información y expresión".

"Consideramos que la Fiscalía yerra en sus apreciaciones y en sus soluciones. No es cierto en absoluto que los propagadores del discurso del odio sean condenados a duras penas de prisión, puesto que estos casos mediáticos que trata de generalizar no llegan ni a la media docena, cuando la inmensa mayoría del discurso de odio en las redes queda totalmente impune", ha denunciado el Observatorio.

"Libertad de expresión no puede seguir significando libertad de agresión", ha subrayado el Observatorio contra la LGTBfobia en un comunicado, en el que ha insistido en que es "evidente la proliferación" de ese discurso de odio en las redes.

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