La sentencia del TJUE
Ahora puedes llamar "salchicha" o "hamburguesa" a un producto vegano sin que sea considerado publicidad engañosa
Bruselas permitirá que términos como "salchicha", "hamburguesa" o "filete" puedan utilizarse en productos veganos y vegetarianos sin considerarse publicidad engañosa, ya que las normativas de etiquetado actuales brindan suficiente protección al consumidor.
Este viernes, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia que permite a los fabricantes de alimentos basados en proteínas vegetales utilizar términos tradicionalmente asociados a la carne, como "salchicha", "filete" o "hamburguesa". Según el fallo, los países miembros de la UE no pueden prohibir estas denominaciones para describir productos como salchichas de soja, filetes de seitán o albóndigas de quinoa, ya que las normativas de etiquetado vigentes en la Unión proporcionan suficiente protección al consumidor frente a posibles confusiones.
"Incluso cuando hay una sustitución total del único componente o ingrediente que diferencia un producto vegetal de uno cárnico, la información ofrecida en el etiquetado garantiza que no haya confusión", señaló el tribunal en su comunicado. Además, la corte afirmó que los Estados miembros no pueden imponer prohibiciones generales y abstractas sobre el uso de términos asociados a la carne, a menos que se adopte una denominación jurídica específica para esos productos.
No obstante, el fallo también establece que si las autoridades nacionales consideran que un producto en particular induce a error a los consumidores, podrán actuar contra los fabricantes responsables y deberán demostrar que esa confusión ha ocurrido.
El origen del debate y la batalla legal en Francia
El debate en torno a la denominación de los productos vegetales surgió en 2018, cuando un grupo de legisladores franceses presentó una propuesta para restringir el uso de términos cárnicos en productos vegetarianos y veganos. Según los defensores de la medida, el uso de palabras como "bistec" o "salchicha" en productos hechos con proteínas vegetales podía generar confusión entre los consumidores y constituía publicidad engañosa.
La ley fue finalmente adoptada en 2022, pero fue rápidamente impugnada por tres asociaciones y una empresa que promueven el consumo de productos vegetarianos. Estos grupos argumentaron que la prohibición era contraria a las normas de la Unión Europea y que ya existían suficientes mecanismos de control y etiquetado para evitar la confusión entre consumidores. El Consejo de Estado francés, al reconocer la complejidad del caso, pidió al TJUE que se pronunciara sobre la compatibilidad de la legislación francesa con el derecho comunitario.
Impacto de la sentencia en España y otros países de la UE
La sentencia del TJUE también tiene implicaciones directas para otros países europeos, como España, donde recientemente se presentó una propuesta similar. Hace apenas dos semanas, el Partido Socialista Español introdujo una proposición no de ley con el objetivo de combatir lo que describió como "publicidad engañosa" en productos veganos que utilizan términos tradicionalmente asociados a la carne. Según esta propuesta, los productos vegetales poseen características nutricionales muy diferentes a los de origen animal, lo que podría inducir a error sobre la naturaleza real del alimento. Sin embargo, el fallo del TJUE anula cualquier intento de imponer estas restricciones.
Este fallo marca un precedente en el creciente debate sobre cómo deben ser etiquetados los productos alimentarios basados en proteínas vegetales en Europa, donde el auge de los productos vegetarianos y veganos ha generado tensiones con la industria cárnica. Aunque el TJUE ya había establecido en 2017 que términos como "leche", "nata" o "queso" debían reservarse exclusivamente para productos lácteos, esta nueva resolución permite una mayor flexibilidad en el uso de términos relacionados con la carne.