ASÍ SE PRESENTA EL PACTO DE IGLESIAS Y SÁNCHEZ EN ESTE PUNTO

Los PGE contra 'La Manada' y las agresiones sexuales: a partir de ahora, "sólo sí es sí" y "todo lo demás es no"

El acuerdo de los PGE del Gobierno del PSOE con Unidos Podemos plantea una revisión de la tipificación de los delitos sexuales en la que se reclama el consentimiento expreso obligatorio y la unificación de los actos constitutivos de agresión y abuso sexual.

En el más que aplaudido y criticado, revisado y analizado pacto entre el Gobierno del PSOE y Unidos Podemos para los Presupuestos Generales del Estado de 2019, hay un punto que parece haber pasado inadvertido de primeras, pero que cobra una notoria importancia de cara al futuro enjuiciamiento por delitos de violencia sexual o machista.

En este caso, el acuerdo entre Pedro Sánchez y Pablo Iglesias pasa por introducir el consentimiento expreso de la víctima dentro de la tipificación de los delitos de carácter sexual. Esta fórmula, que se pretende emplear bajo una reforma del Código Penal, entiende la falta de consentimiento como norma 'sine qua non' para la imputación de esta clase de delitos y profundizar en los cargos y la sentencia de los mismos.

Esto es, según se indica en el acuerdo por los PGE, "si una mujer no dice que sí explícitamente, todo lo demás es no". La revisión de la tipificación de esta clase de delitos se plantea entre los compromisos del Ejecutivo y sus socios después de la polémica formada por la sentencia judicial de 'La Manada', que condenaba a José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Jesús Escudero, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero a nueve años de prisión a nueve años de prisión por un delito de abuso sexual continuado, quedan absueltos del delito de agresión sexual.

El Código Penal entiende actualmente el delito de abuso sexual como "el que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona". En cambio, recoge la agresión sexual como delito por el que se atenta "contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación". En el primer caso, la condena va de uno a tres años; y en el segundo, de uno a cinco años.

Bajo esta premisa, la intención de Sánchez e Iglesias con estos PGE es cambiar las bases del entendimiento jurídico en este sentido: eliminar la diferencia entre los delitos de abuso sexual y los de agresión, o lo que es lo mismo, "blindar que solo es sí es sí" por ley. Según argumentan, para erradicar la violencia sexual "se impulsará una ley integral por la protección de la libertad sexual y contra las violencias sexuales que garantice la sensibilización, prevención, detección, atención, protección y reparación".

En este sentido, entre las claves de este punto se defiende "la acreditación de la víctima, la unificación y ordenación de las conductas constitutivas de agresiones sexuales y de abusos sexuales bajo la denominación común de 'agresiones sexuales'". El objetivo de esta reforma es "fortalecer la tutela judicial y el acceso a la justicia para mejorar la participación de la víctima en el proceso penal", apoyando este planteamiento con la designación de abogados y procuradores de oficio en los procedimientos que aseguren la inmediata presencia para la defensa y representación de las víctimas.

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