CONDENADOS POR ABUSO Y NO POR AGRESIÓN SEXUAL
La polémica sentencia de 'La Manada', un año después: sigue en el aire la reforma de los delitos sexuales
Se cumple un año de la sentencia que condenó a los miembros de 'La Manada'por un delito de abuso sexual y no por agresión sexual. Esto puso sobre la mesa una posible reforma del Código Penalpara cambiar la tipificación de los delitos contra la libertad sexual. Algo que la convocatoria de elecciones dejó en el aire.
Se cumple un año de la polémica sentencia que condenó a los cinco miembros de 'La Manada' por un delito de abuso sexual y no por agresión sexual.
La Audiencia Provincial de Navarrano apreció ni violencia ni intimidación en los hechos que tuvieron lugar en los Sanfermines de 2016, cuando una joven de 18 años denunció haber sufrido una violación múltiple.
La decisión judicial fue cuestionada tanto en del ámbito judicial como en la esfera política y especialmente entre los colectivos y asociaciones feministas.
A raíz de la sentencia, se puso sobre la mesa una posiblereforma del Código Penal para cambiar la tipificación de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
Su revisión, impulsada por el Gobierno de Rajoy, fue encomendada a un grupo de expertos que propuso suprimir el "abuso" para considerar todo "agresión", una postura que el Ejecutivo de Sánchez siempre ha defendido, aunque finalmente no ha aprobado y, ante la convocatoria electoral del 28 de abril, se ha quedado en el aire.
Los cinco miembros de 'La Manada' fueron condenados a nueve años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales con prevalimiento, con el voto particular deuno de los magistrados, que pedía su absolución.
Se trata del juez Ricardo González, quien señaló que la joven y los acusados practicaron "actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo".
A la espera de que el Supremo se pronuncie, la Fiscalía del alto tribunal presentó un recurso contra la sentencia emitida por emitió el TSJN, solicitando que se condene a cada uno de los acusados a 18 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual, así como a 10 años de libertad vigilada y a la prohibición de acercarse a la víctima durante 20 años.
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