eleva la edad de consentimiento

Prostitución convencional y digital son lo mismo: la postura de Andorra para ilegalizar plataformas como Onlyfans

¿Por qué es importante? Con esta reforma los actos sexuales realizados a través de internet, cuando exista interacción y remuneración, serán considerados prostitución y quienes vendan este contenido podrían ser penados con hasta cinco años de prisión.

Atención a la medida que ha puesto en marcha Andorra. El país ha decidido equiparar la prostitución con la venta de sexo digital, es decir, la que se hace a través de internet. Una medida que, en la práctica, le permite ilegalizar plataformas como Onlyfans, en las que se paga por contenido sexual.

Imágenes, vídeos y retransmisiones en directo de contenido sexual a golpe de clic y por dinero. Es la prostitución del siglo XXI a la que Andorra quiere poner freno. "Este tipo de cuestiones que hasta la fecha se encontraban en una zona gris a día de hoy se encuentra regularizadas", ha explicado María López-Escobar, de Vilches Abogados.

Por primera vez un país europeo pone al mismo nivel la prostitución convencional y la digital. Con esta reforma los actos sexuales realizados a través de internet, cuando exista interacción y remuneración, serán considerados prostitución. "Mi empresa no deja de ser mi cuerpo", explicaba en Equipo de Investigación una mujer. Y esto es precisamente lo que quieren evitar.

Quienes vendan este contenido podrían ser penados con hasta cinco años de prisión y, ojo, porque los clientes se enfrentarán a multas administrativas, siempre y cuando exista interacción y un pago. Además, se penaliza la difusión de imágenes que representen actividades sexuales o las partes íntimas de una persona sin su consentimiento, así como la manipulación o difusión de imágenes haciendo que parezca que una persona está desnuda o teniendo conductas sexuales, sin su consentimiento.

Por estos dos nuevos casos, la pena puede ir de tres meses hasta tres años de cárcel, donde también se tipifica la provocación o conspiración. Asimismo, será castigado con pena de arresto el envío de material sexual sin consentimiento, puesto que con la modificación del Código Penal esta conducta se considera acoso sexual. Adicionalmente, se establece un agravante específico en caso de que los delitos de discriminación se cometan mediante tecnologías de la información y comunicación, y se incluye dentro de los delitos de discriminación la incitación al odio y a la hostilidad.

¿Podría España seguir los pasos de Andorra? Esto "podría resultar complejo ya que requiere una completa reforma del código penal porque la prostitución como tal en España no es ningún delito", ha precisado la abogada. El endurecimiento de la ley podría hacer que los creadores de contenido de estas plataformas regresen a España para no cerrar su actividad. En 2025 el gigante Onlyfans facturó más de 7.200 millones de dólares con este tipo de contenido.

La ministra de Justicia e Interior de Andorra, Ester Molné, ha explicado en rueda de prensa que la modificación de la normativa permite garantizar "una respuesta adecuada y proporcional ante les nuevas formas de criminalidad digital" y dar cumplimiento a diversas recomendaciones de organismos internacionales.

Edad de consentimiento sexual

El proyecto de ley presentado por el gobierno contempla asimismo aumentar la edad de consentimiento sexual a 16 años, dos años más que hasta ahora. "La medida refuerza la protección de los menores frente a conductas que puedan vulnerar su libertad e indemnidad sexual", subraya el ejecutivo.

Este cambio se inscribe en la tendencia europea e internacional de garantizar una tutela más amplia de los derechos de los niños y adolescentes, y parte del reconocimiento de que los menores de 16 años no disponen, en general, del grado suficiente de madurez emocional, psicológica y social para consentir libremente y de forma informada una relación sexual con una persona adulta.

"Es una medida de prevención y protección ante posibles situaciones de abuso o manipulación", ha destacado Ester Molné. Se establece, como excepción, que la edad de consentimiento sea de 14 años para relaciones entre jóvenes cercanos en edad y madurez cuando la diferencia no supere los cinco años entre las personas.

La modificación también tipifica como pornografía infantil el material que represente de forma visual a una persona que parezca ser menor de edad participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada, o cualquier representación de los órganos sexuales de una persona que parezca ser menor de edad. En ese caso, la pena podrá ser de hasta cuatro años de cárcel. También se tipifica la tentativa en el delito de asistencia a espectáculos pornográficos en los que actúe un menor o una persona con discapacidad con penas de hasta dos años de cárcel.

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