Una práctica habitual e ilegal
No puedes cruzar por un paso de cebra subido a la bici: así es la multa de la DGT
Si eres ciclista o usuario de patinete eléctrico, no puedes cruzar los pasos de cebra subido a la bicicleta o patinete como el resto de peatones. La normativa de la DGT obliga a bajarse del vehículo, sancionando hasta con 200 euros a aquellos que lo infrinjan.
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Cada día son más los usuarios de bicicletas o patinetes eléctricos (conocidos como VMP), una alternativa económica y responsable con el medioambiente, perfecta para evitar los atascos de las grandes ciudades. Sin embargo, no todas las personas conocen las normas viales para este tipo de vehículos.
Una de las dudas que más asalta a los ciclistas es si se puede cruzar un paso de cebra mientras vas montado en ella. Pese a que sea una escena bastante habitual en las carreteras de nuestro país, la realidad es que cruzar montado en bicicleta por el paso de cebra, al igual que los peatones, es una práctica ilegal que, además, acarrea sanciones.
Según las normas de circulación, la bicicleta y los VPM están considerados ciclos de dos ruedas. Con lo cual, su normativa y obligaciones son las mismas que la que tendría una moto. Por tanto, en los pasos de cebra solo los peatones tienen prioridad, como establece la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación. Concretamente, en el artículo 65 de este último se regula y se explica la prioridad de paso entre peatones y vehículos, considerando una bicicleta como tal.
Por ello, y aunque a nivel local cada Ayuntamiento tenga la potestad para legislar sobre las normas de circulación o movilidad, tanto ciclistas como usuarios de patinete eléctrico no pueden cruzar por un paso de cebra. Será obligatorio, por tanto, bajarse de la bici y cruzar a pie, ya que estos espacios están reservados para los peatones. No obstante, si existiese un carril bici o un paso para ciclistas contiguo sí sería posible.
Multas de hasta 200 euros
Las multas que puede acarrear incumplir esta normativa (considerada infracción grave) son de hasta 200 euros, como recoge el artículo 65 del Reglamento General de Circulación.
Asimismo, cabe recordar que los ciclistas están obligados a llevar casco en vía urbana, interurbana y travesía. Además, en caso de que sea necesario el alumbrado, la persona deberá llevar una prenda reflectante para ser visible a una distancia de al menos 150 metros
La Dirección General de Tráfico (DGT) advertía en su cuenta de Twitter de la importancia de esta norma: "Recuerda que en un paso de peatones sólo los peatones tienen prioridad. Si circulas en bicicleta, tendrás que bajarte y cruzar a pie si quieres atravesarlos. Respeta y convive". La Guardia Civil también ha utilizado la conocida red social para recordar a los ciclistas el buen uso de los pasos de cebra:
Los patinetes eléctricos y el carril bici
Además de por los pasos de cebra, las bicicletas y VMP "tendrán prohibida su circulación por las aceras y por las zonas peatonales, como cualquier otro vehículo", como señala el artículo 121.5 del Reglamento General de Circulación.
Por el carril bici sí podrán circular las bicicletas, ya que son vías exclusivas, además de los VMP. Por otro lado, en la calzada podrán circular tanto VMP como las bicicletas. Eso sí, siguiendo las normas generales de circulación y respetando la prioridad de paso. Además, es aconsejable que, tanto bicicletas como VMP, circulen por el carril más cercano a la acera y que indiquen las maniobras de circulación con los brazos.
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