"Impera el sentido común"

¿Puedo negarme a llevar a mi hijo al colegio por miedo a que se contagie de coronavirus?

El tema es tan complejo, que el propio Ministerio de Educación ha pedido un informe a la Abogacía del Estado. Hablamos con una abogada de familia para saber las claves.

Después de meses de incertidumbre sobre cómo sería la vuelta a las aulas en septiembre, las Comunidades Autónomas ya han puesto en marcha sus estrategias para que este curso sea lo más seguro posible. A pesar de ello, muchas familias temen que el regreso al colegio ponga en peligro a sus pequeños, y algunas (las que pueden) se plantean no llevarles a la escuela por miedo a un posible contagio de la COVID-19. Pero, ¿qué pasa si no acuden a clase?

En España, la educación es obligatoria desde los 6 hasta los 16 años. Por lo que un número de faltas sin justificar elevado en esta etapa (cada Comunidad Autónoma maneja unos porcentajes diferentes) activa el protocolo de absentismo escolar para comprobar qué está pasando, y se abre un expediente. También en caso de los menores de 6 años que, aunque no es obligatorio, están escolarizados.

"Se pueden llegar a imponer sanciones administrativas, civiles y hasta penales, pero debe imperar el sentido común", explica María Pérez Galván, abogada y vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia.

Una de las consecuencias más graves de la decisión de privar a los niños de acudir al colegio sería quitarle la custodia o la patria potestad a sus progenitores o tutores legales. Sin embargo, Pérez considera "muy improbable" esta situación, aunque "no se puede generalizar" y se debe analizar caso a caso.

La COVID-19 no existe como causa legal"

María Pérez, abogada de familia

La COVID-19 "no existe como causa legal para justificar una falta de asistencia, no está regulado y hay, por tanto, un vacío legal", ante el que "se impone, como en muchos conflictos en familia, el sentido común", insiste la experta.

Otra cosa muy distinta ocurre cuando existen causas justificadas que se pueden acreditar, "estar inmerso en un grupo de riesgo tanto para docentes como para alumnos son causas para no acudir a la escuela", expresaba la Ministra de Educación, Isabel Celáa, en una entrevista en la SER esta semana, que también aprovechaba para recordarles a las familias que "no llevar a los hijos al colegio es absentismo".

En caso de llegar a tener un conflicto legal y poder acreditar las faltas, entraría en juego la capacidad de los letrados para hacer "una buena defensa con pruebas y alegaciones lógicas" y así defender "la posible sanción administrativa, civil e incluso penal en su caso", expresa.

El tema es tan complejo, que el propio Ministerio de Educación ha pedido un informe a la Abogacía del Estado para saber cómo actuar en caso de que las familias decidan no llevar a sus hijos al colegio por miedo al coronavirus.

La escuela es mucho más segura que otros ámbitos de socialización"

Isabel Celáa, Ministra de Educación

"Hay que ir a clase, es obligación ir a clase", ha insistido hoy la titular de Educación en la presentación de las medidas consensuadas con las CCAA para el regreso seguro a las aulas. Además, ha recordado que "obviamente no existe el riesgo cero en ningún ámbito social, pero la escuela, tal y como se está preparando, es mucho más segura que otros ámbitos de socialización a los cuales se pueda llevar a los alumnos".

"Es lógica y legítima la preocupación de muchos padres, pero no podemos aislar a los niños en una burbuja por temor y miedo al contagio", reconoce Pérez, que cree que deben adaptarse a la nueva situación, "ser creativos, responsables, no alarmar a los niños e informarlos para que se hagan responsables de las nuevas normas y pautas que deben seguir", concluye.

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