Cinco años y cuatro meses
El Supremo condena por agresión sexual a un hombre que amenazó a una menor para obtener vídeos sexuales
El organismo valora mediante la intimidación se atenta contra la libertad sexual de la víctima en un escenario, el de las redes sociales. El agresor ha sido condenado a cinco años y cuatro meses de cárcel.
El Tribunal Supremo ha condenado a un hombre por agresión sexual tras exigir fotos y vídeos de contenido sexual a una menor a través de redes sociales y amenazarla conque si no lo hacía, publicaría material previo de ella que él tenía en su poder. Así, el Supremo ha tipificado como agresión sexual la obtención de imágenes sexuales bajo intimidación sin actuación física de por medio.
El organismo ha elevado la condena de 2 años y 9 meses a 5 años y 4 meses al hombre y ha indicado que "la distancia entre victimario y víctima no desnaturaliza los requisitos de la agresión sexual, puesto que mediante intimidación se atenta contra la libertad sexual de la víctima en un escenario, el de las redes sociales".
La sentencia recoge que el condenado se inscribió en la red social Tuenti con una identidad falsa, haciéndose pasar por una mujer. Tras intercambiar mensajes y ganarse la confianza de la víctima, la obligó a hacerse fotos y grabarse vídeos sexuales y enviárselos bajo amenaza de denunciar a su familia (ella tenía 12 años, por debajo de la edad mínima permitida en la red social) y difundir entre sus contactos grabaciones que ya tenía de ella.
La Audiencia Provincial de Valencia condenó al hombre por delito de corrupción de menores, pero le absolvió del delito de agresión sexual. La Fiscalía presentó recurso de casación ante el Supremo por esta absolución y el organismo judicial lo estimó.
Este delito, tal y como reitera la Sala de lo Penal, no exige que el agresor realice los actos "de manera directa y física" sobre la víctima. Alega que la dimensión social de las TIC "puede convertirse en un potentísimo instrumento de intimidación" con mayor impacto nocivo de lesión del bien jurídico.
El organismo también valora la dimensión social del hecho al ser una mujer: "Cuando tales datos se relacionan con la sexualidad, junto a su divulgación indiscriminada, y en especial si la víctima es mujer, y a consecuencia de constructos sociales marcados muchas veces por hondas raíces ideológicas patriarcales y machistas, se activan mecanismos en red de criminalización, humillación y desprecio", concluyen los magistrados.
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