En el año 2018
El Supremo confirma la prisión permanente revisable para una pareja que asesinó a una bebé en Tenerife
El crimen ocurrió en mayo de 2018, cuando la pareja golpeó, zarandeó y propinó fuertes apretones a la hija de la mujer, de tan solo cinco meses, hasta romperle el hígado y provocarle la muerte.
El Tribunal Supremo confirma la condena a prisión permanente revisable a una pareja por el asesinato de una bebé de cinco meses, que era hija de la mujer, en mayo de 2018 en La Matanza de Acentejo, en la isla de Tenerife.
El Alto Tribunal rechaza así los recursos de ambos condenados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que a su vez confirmaba la de un Tribunal del Jurado que les condenó también a dos años de prisión por malos tratos habituales.
La sentencia del Supremo recuerda que, según el relato de hechos probados, los dos acusados, o uno de ellos, pero "en todo caso con el conocimiento y consentimiento del otro", puesto que "no hicieron nada para impedirlo a pesar de que podían hacerlo", procedieron a "golpear, zarandear y propinar fuertes apretones con las manos y de forma reiterada" a la pequeña entre el 22 y el 27 de mayo de 2018.
Como consecuencia, le rompieron el hígado, provocándole una hemorragia interna que causó la muerte de la niña. Además, recoge el tribunal, la pequeña sufrió "un gran dolor durante un prolongado espacio de tiempo que a su vez indujo un intenso llanto".
Así, y aunque el Tribunal del Jurado no pudo declarar probado quién de los dos realizó cada uno de los golpes durante esos cinco días, sí concluyó que "fueron ambos o uno de ellos, con conocimiento y consentimiento del otro", por lo que les considera coautores, "pues ambos estuvieron presentes durante los cinco días que duró la conducta que produjo los dos resultados típicos, las lesiones y la muerte de la menor".
Descarta además que "uno de los dos no hiciera nada, adoptara una actitud de inactividad absoluta" o "desconociera lo que ocurrió en la habitación durante cinco días, con los llantos de una bebé maltratada". Por el contrario, señala que "la lógica de los hechos lleva a concluir que ambos participaron en el hecho, ambos tuvieron el dominio del hecho sobre la conducta".
La Sala de lo Penal afirma que las sentencias "evidencian la participación en los hechos, por acción o por omisión, de ambos recurrentes" y recuerda que hasta cuatro médicos coincidieron en que "los hematomas y lesiones son causales a episodios de maltrato y la rotura del hígado no obedece a un hecho fortuito o accidental, sino que es producto de un golpe o una presión intensa sobre el cuerpo del bebé".
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Además, considera probada la autoría de los acusados, puesto que eran "las únicas personas que atendían a la menor y a la otra hermana de 19 meses de edad, quienes estaban en la habitación de reducidas dimensiones de la que apenas salían, solo para lo imprescindible". Asimismo, descarta la versión accidental, incompatible con "el dolor que tuvo que sufrir la menor por la rotura del hígado". El Supremo asimismo confirma que el asesinato se cometió con alevosía, por la "máxima indefensión" de la bebé, de apenas cinco meses.
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