Tras un altercado en Gijón
El Supremo sentencia que el maltratador con una orden de alejamiento deberá distanciarse de su víctima si coinciden casualmente
La sentencia ha dictaminado que no debe ser la víctima la que debe abandonar el espacio y tener restringidos sus derechos. Por tanto, la obligación de marcharse del lugar "le incumbe al condenado".
El Tribunal Supremo (TS) ha sentenciado que la persona que tenga una orden de alejamiento en vigor, si se encuentra de forma casual con su víctima, debe abandonar el sitio en el que coincidan. "La situación generada debe ser, inmediatamente, resuelta por quien tiene obligación de impedir esa aproximación, pues es la persona que tiene limitada su libertad deambulatoria en los términos impuestos en la sentencia", recoge la resolución del Supremo, recogida por Europa Press.
El alto tribunal, con ponencia del magistrado Andrés Martínez Arrieta, subraya que la víctima no tiene restringido sus derechos y no tiene una obligación que le limite su deambulación, por lo que, en caso de encuentro casual, la obligación de marcharse del lugar "le incumbe al condenado" para garantizar la seguridad de la víctima.
Con su sentencia, el TS confirma la condena a 6 meses de prisión por un delito de quebrantamiento de medida cautelar que la Audiencia Provincial de Oviedo impuso a un hombre con una orden en vigor de alejamiento de su expareja.
La mujer avisó a la Policía
El hombre, en concreto, no abandonó un pub de Gijón en el que coincidió casualmente con ella una noche. Pese a verla y ser consciente de que tenía prohibido acercársele a menos de 200 metros, se quedó en el local, del que la mujer se marchó unos diez minutos después y, una vez fuera, avisó a la Policía Local.
Los magistrados rechazan el recurso del condenado, que alegaba que no quebrantó la condena, puesto que en ningún momento se acercó a su víctima, sino que se limitó a no hacer nada y a quedarse en el lugar. Le recuerdan que estaba vigente la prohibición de acercarse a cualquier lugar donde se encontrara la víctima, fuera su domicilio, su lugar de trabajo o cualquier otro.
Resaltan que la víctima es la persona "protegida por la adopción de una medida de aseguramiento y no es la destinataria de una orden de prohibición de aproximarse o de evitar comunicación, pues la medida se impone al victimario", en este caso al condenado.
Multa aerolíneas
Estas son las prácticas abusivas por las que varias aerolíneas han recibido una multa millonaria del Gobierno
Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea son las cinco compañías que han recibido el multazo histórico por parte del Gobierno, aunque no todos tendrán que pagar la misma cantidad. Será la compañía irlandesa la que asuma aproximadamente el 60% de la sanción.