Reforma del Código Penal

La reforma del delito de malversación, explicada: lo que recoge el Código Penal y las propuestas del Gobierno y ERC

La propuesta, que finalmente será solo del PSOE y no de Unidas Podemos, recogería un nuevo tipo de malversación que penaliza el desvío presupuestario irregular, penado con hasta cuatro años de cárcel, inferior a la pena máxima actual (seis años).

En breve

El PSOE trabaja en una reforma del delito de malversación, que afronta una semana clave en el Congreso de los Diputados. Pero, ¿qué aspectos quieren reformarse desde el Ejecutivo? ¿Qué dice ahora el Código Penal?

Con la reforma de 2015 del Partido Popular, la malversación se asimila al delito de administración desleal del patrimonio, independientemente cuál sea el destino del mismo, incluya o no el enriquecimiento personal. Así, el castigo impuesto va de los dos a los seis años de cárcel, pudiendo ser de hasta 12 años en el tipo agravado.

La propuesta de ERC presentada el pasado viernes mantiene las penas recogidas por el PP en 2015, pero elimina la variante de administración desleal, distinguiendo cuando exista ánimo de lucro personal y creando otra variable: que existan fines particulares y ajenos a la función públicas. En este caso, los independentistas juzgados no incurrirían en el segundo supuesto, ya que el dinero del referéndum no fue para fines particulares.

Por último, la propuesta del PSOE, de la que Unidas Podemos se ha desligado, recogería un nuevo tipo de malversación que recoge el desvío presupuestario irregular dentro de la Administración Pública. En este caso, la pena de cárcel sería de hasta cuatro años, rebajándose de los hasta seis que se contempla en el actual marco o propone ERC, aunque ampliándose los supuestos de malversación.

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