En La Roca

Un abogado explica la nueva medida de Hacienda para las donaciones en vida: "Si el donante tiene más de 65 no tributará el IRPF"

El Ministerio de Hacienda aclara que los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin pagar IRPF. La noticia ha generado dudas y un experto explica en televisión cuándo conviene donar, heredar o comprar mejor.

En los últimos días, el Ministerio de Hacienda ha confirmado que las personas mayores de 65 años que quieran donar en vida su vivienda habitual a sus hijos pueden hacerlo sin tener que tributar en el IRPF.

Tras conocerse esta medida, han surgido dudas sobre qué opción resulta más conveniente: hacer una donación, recibir la vivienda en herencia o comprarla. Para aclarar estas cuestiones, el programa La Roca ha invitado al plató al abogado y experto en herencias Manuel Hernández.

"Si la donación es de un inmueble, tenemos que tener en cuenta es que si el donante tiene más de 65 años o menos. ¿Qué ocurre si tiene menos? Pues que se tributa esa donación en su IRPF. Se tributa por la diferencia entre el valor de lo adquirido y lo donado", explica el letrado.

Hernández pone como ejemplo el caso de una vivienda adquirida por 100 euros y donada cuando su valor es de 180 euros. En ese supuesto, esos 80 euros de diferencia son los que tributarían en el IRPF, en "una media de 20%", a lo que habría que sumar la plusvalía municipal.

"Si tiene más de 65 años, eso no lo paga", apostilla Manuel Hernández. No obstante, aclara que el donante sí tendría que abonar la plusvalía municipal, que en algunos municipios puede ser elevada. Además, señala que para beneficiarse de esta medida es necesario demostrar que se trata de la vivienda habitual y que se ha residido en ella durante los últimos tres años.

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