Ley de Memoria Histórica

¿Por qué un golpista como Millan Astray tiene aún una calle en Madrid?

Su calle en la capital de España iba a pasar a llamarse maestra Justa Freire, pero varias decisiones judiciales impidieron el cambio.

El Gobierno va a estudiar si el homenaje de Almeida al golpista Millán Astray vulnera la Ley de Memoria Democrática. Lo hará a través de la Secretaría de Estado y dará parte al Ministerio Fiscal en caso de que se haya vulnerado algún artículo.

Pero, ¿por qué un golpista como Millán Astray tiene aún una calle en su honor en la capital de España? Alcaldes que no toman la decisión, alcaldes que podrían haber tomado otros caminos, asociaciones defensoras del pasado franquista y jueces que dudan de los motivos para retirarlo... Todo esto ha influido en que siga teniendo una calle Millán Astray en Madrid.

Tras la aprobación de la primera ley, ni Alberto Ruiz Gallardón ni Ana Botella retiraron los nombres de ninguna calle. Pero en 2015 llega al Ayuntamiento Manuela Carmena y ella sí decide cambiar las calles.

Organiza una comisión que propone cambiar 52 nombres de calles de la capital y el Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprueba cambiarles el nombre. Lo hace con los votos del grupo de Carmena, del PSOE y de Ciudadanos, y con la abstención del PP.

Entre esas calles está la calle Millán Astray, que cambia su nombre por el de la maestra Justa Freire, una maestra republicana represaliada por la dictadura. Y cuando se producen los cambios de las calles, hay recursos judiciales contra ello. Diversas asociaciones van a los jueces para que impidan esos cambios.

Los jueces rechazan estas pretensiones sobre Millán Astray, salvo uno que considera que no se debe retirar la calle. Por lo tanto la calle debe volver a tener el nombre de Millán Astray. El Ayuntamiento recurre pero la Justicia no cambia su parecer.

Lo que vienen a decir ambos tribunales es que no ven motivos amparándose en la Ley de Memoria Histórica, no ven causa para retirar la calle si la excusa es su participación en el golpe, no consideran que los documentos aportados por el Ayuntamiento lo justifiquen.

El Ayuntamiento podría haber recurrido al Supremo, pero no lo hace. Tampoco aportan más documentación porque sostienen que un informe de los servicios jurídicos del Ayuntamiento no lo ve viable.

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