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EL 7 DE ABRIL COMIENZA LA CAMPAÑA 2020
Esta semana comienza la campaña de la Renta 2020 (se llama así porque debemos declarar lo correspondiente al año vencido) y a muchos el papeleo se nos hace cada año cuesta arriba.
Muchos de los que habitualmente se libran de presentar la declaración, por cobrar menos de 22.000 euros, deberán hacerlo en esta ocasión por haber formado parte de un ERTE o por estar cobrando el paro. Esta es la situación que mayores preguntas genera este año:
¿Cómo sé si tengo que presentar declaración de la Renta?
Si durante 2020 cobraste más de 22.000 euros brutos, no hay dudas: tienes que hacerlo. Pero si ganaste menos, la pregunta que deberás hacerte es cuántos pagadores diferentes tuviste. Si trabajaste para dos empresas distintas, formaste parte de un ERTE o estabas trabajando pero antes de que finalizara el año comenzaste acobrar el paro, también te toca, a no ser que en total tus ganancias fueran inferiores a 14.000. En este último caso, no deberás hacerlo por muchos pagadores que hayas tenido.
¿Por qué el borrador me sale a pagar si actualmente no tengo ingresos?
Es la pregunta más repetida de las última semanas en torno a la campaña de 2020. Muchos de los que durante un tiempo formaron parte de un ERTE, actualmente no tienen ingresos, están cobrando el paro o directamente no tienen derecho a él porque el número de meses trabajados no fue suficiente para generarlo. Todos ellos deberán saldar sus cuentas, independientemente de su situación. En este artículo explicamos detenidamente el motivo por el que las cuentas no favorecen al contribuyente.
¿Cuándo cobraré si la declaración me sale a devolver?
Si eres de los afortunados al que este año las cuentas le sonríen, es probable que recibas el ingreso de la Agencia Tributaria antes de 6 meses. De no ser así, el ingreso que recibas deberá ser algo mayor al esperado, pues te corresponden unos intereses por el tiempo en que ese dinero no ha estado en tu bolsillo.
¿Qué me puedo desgravar en la declaración de este año?
Uno de los gastos que más habitualmente se incluyen en la declaración son los relacionados con la compra o el alquiler de la vivienda habitual. Lamentablemente, cualquier hipoteca posterior a 2013 no dispone de los beneficios fiscales que antes de esa fecha animaban a la compra.
En el caso de los alquileres, deberás atender especialmente al apartado de ayudas autonómicas. Por lo general, los beneficiados son menores de 35 con un sueldo límite. Es muy probable que no aparezcan en el borrador y te toque incluirlas a mano. No lo dejes pasar, porque suele ser una cifra muy interesante para inquilinos.
Eso sí, mucho ojo con la cifra que incluyes en la declaración de este año. Si en 2020 tu casero te dio una tregua y pagaste algo menos, deberás especificar lo que ingresaste realmente, no lo que estaba previsto que pagaras.
También quienes han trasladado su lugar de trabajo a sus casas de forma permanente tienen la oportunidad de recuperar parte de ese incremento inevitable en las facturas de la luz o del gas. Infórmate bien de las condiciones, porque esta ayuda no se contempla en todos los casos de teletrabajo.
¿Puede ayudarme a hacerla alguien de forma gratuita?
Por supuesto. Si necesitas asistencia pero no quieres pagar por que te la hagan, la Agencia Tributaria puede ayudarte tanto de forma telefónica, a partir del 6 de mayo, como presencial, a partir del 2 de junio. Eso sí, te recomendamos pedir cita con tiempo para no quedarte sin fecha disponible.
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Conoce desde el móvil cuál va a ser el resultado de tu declaración: