Elecciones municipales

¿Pueden votar los extranjeros en las elecciones municipales este 28M? Quiénes sí y quiénes no pueden hacerlo

La ley contempla una serie de requisitos que permiten a determinadas personas extranjeras poder votar en las elecciones municipales que se celebran en España. Analizamos cuáles son las condiciones que deben cumplirse.

Este 28 de mayo se celebran las elecciones autonómicas y municipales en España, en las que las personas van a elegir a los alcaldes y a los concejales de varios municipios de nuestro país, así como a los representantes regionales de algunas comunidades autónomas.

Lo cierto es que la celebración de las votaciones siempre han venido acompañadas de varias dudas comoqué pasa si se decide no votar o si se puede votar con el carnet de conducir, el pasaporte o el DNI caducado. Por este motivo, siempre es bueno recurrir aguías que expliquen de manera detallada todos los aspectos a tener en cuenta.

Entre las dudas más recurrentes estos días, una de las más comunes es saber si los extranjeros tienen derecho a votar en España en las elecciones municipales. La respuesta es que sí que pueden hacerlo, aunque deben cumplirse una serie de requisitos como:

  • Tener nacionalidad de un país de la Unión Europea.
  • Tener nacionalidad de los Estados que tienen firmado un acuerdo de reciprocidad con España.

Requisitos para los extranjeros de un país con acuerdo de reciprocidad

En concreto, los países que cuentan con este acuerdo son Chile, Cabo Verde, Bolivia, Corea del Sur, Colombia, Islandia, Ecuador, Nueva Zelanda, Noruega, Reino Unido, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago.

Los extranjeros que pertenezcan a algunos de estos países y quieran votar en las elecciones municipales del 28M, deben estar empadronados en la región, además de estar inscritos en el censo electoral antes del plazo acordado.

Por otro lado, también tienen que tener permiso de residencia y haber estado viviendo en el municipio de forma legal y continua, durante los cinco años previos a la solicitud de inscripción en el censo electoral. No obstante, este periodo se reduce a los tres años en el caso de países como Reino Unido y Noruega.

Más de 415.000 extranjeros podrán votar

Más de 415.000 extranjeros residentes en nuestro país podrán votar en las elecciones municipales del 28 de mayo, según las últimas cifras de la Oficina del Censo Electoral.

En concreto, se trata de 415.118 personas pertenecientes a países de la Unión Europea o de Estados con los que España tiene firmados acuerdos de reciprocidad que permita a nuestros compatriotas votar en sus elecciones locales. A ellos se suman otros 111 extranjeros con derecho a votar en las elecciones a las asambleas de Ceuta y Melilla.

Todos estos ciudadanos no sólo residen en nuestro país, sino que además expresaron en tiempo y forma su voluntad de votar en las municipales de mayo, dentro del plazo que se habilitó y que acabó el pasado 30 de enero.

La cifra de estos comicios es un 10,97% inferior a la de las municipales hace cuatro años, cuando pidieron votar un total de 466.316 ciudadanos extranjeros originarios de 39 países.

En el censo electoral de extranjeros están representadas 39 nacionalidades, destacando el caso de Rumanía, que copa la cuarta parte del total (113.538 electores). Detrás aparecen Italia (66.852 personas) y Alemania (41.639), y a más distancia Reino Unido y Francia, con 36.840 y 36.325 electores, respectivamente. En el lado contrario figuran Trinidad y Tobago (seis electores), Islandia (40) y Nueva Zelanda (41).

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