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NORMATIVA

Cuando un menor sin carnet comete una infracción, ¿quién tiene que pagar la multa?

Aunque algunas ciudades sí lo han acotado, la norma general no establece una edad mínima para subirse a un vehículo de movilidad personal.

Con la llegada del nuevo carnet de conducir que se producirá este año o el que viene se ampliará la oferta de movilidad para los mayores de 16 años, pero hasta entonces su forma de desplazarse se reduce a determinadas motos, bicicletas y los populares Vehículos de Movilidad Personal (VMP). En estos dos últimos casos, cuando un menor comete una infracción: ¿quién se hace responsable de la correspondiente multa?

Hace tres años, la Dirección General de Tráfico definió qué era un VMP y diseñó una normativa para regularlos: hablamos de vehículos con una o más ruedas que están dotados de una sola plaza y están impulsados únicamente por motores eléctricos con los se pueden alcanzar velocidades entre los 6-25 km/h.

Patinete | Unsplash

Los más populares son los patinetes eléctricos, que, de momento, no necesitan una autorización administrativa para circular. O lo que es lo mismo: puedes subirte a uno sin tener carnet de conducir, característica que abre su uso a cualquier usuario mientras su conducción no se limite de alguna manera. Al no existir un carnet, las sanciones son exclusivamente económicas porque, evidentemente, no se pueden restar puntos en un permiso que no existe.

Los responsables

La normativa no establece una edad mínima, pero los ayuntamientos sí pueden poner límites. En Madrid, Sevilla y A Coruña los usuarios deben tener, como mínimo, quince años mientras que en Barcelona, Valencia o Bilbao tienen que haber cumplido los 16. En Zaragoza, por ejemplo, no existen restricciones en este aspecto.

Por lo tanto, un menor puede circular por la ciudad a bordo de un vehículo de movilidad personal… y cometer una ilegalidad. Aunque sea el principal responsable, en la mayoría no tendrá patrimonio para responder: ¿quién se hace responsable, entonces, de esa sanción económica? Tal y como apunta la DGT “en los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, responderán solidariamente los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho”.

Cupra Ateca y patinete SEAT | SEAT

Las sanciones

Echando un vistazo a la normativa, los menores de edad que usen un VMP para circular deben respetar la tasa cero de alcohol y tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas como cualquier otro conductor.

Deben circular obligatoriamente con casco si no quieren enfrentarse a una multa de 200 euros y a la inmovilización del patinete. Entre el ocaso y el amanecer deben ir equipados con prendas o elementos reflectantes además de contar con el correspondiente alumbrado. No pueden, por otro lado, moverse por aceras o zonas peatonales, usar el teléfono móvil, llevar auriculares (200 euros) o viajar dos personas en el mismo vehículo (100 euros).

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