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RESPONDE PERE NAVARRO

¿La DGT te puede multar si usas tu reloj inteligente mientras conduces?

La nueva Ley de Tráfico no hace ninguna mención específica sobre estos dispositivos que, cada vez, son más populares.

Con el objetivo de reducir los accidentes causados por distracciones al volante, la Dirección General de Tráfico ha dejado claras las prohibiciones que se ciernen en torno al uso de determinados dispositivos al volante: teléfono móvil, pantalla del sistema de infoentretenimiento, GPS… Sin embargo, la nueva Ley de Tráfico no hace ninguna mención específica sobre una herramienta cada vez más popular: ¿te puede multar por usar tu reloj inteligente mientras conduces?

El propio Pere Navarro desveló cómo están considerados los smartwatch por Tráfico. En un encuentro digital un usuario le preguntó por ello y el director de la DGT respondió lo siguiente: “Al no tener que sujetarlos con la mano para utilizarlos no interfieren en la conducción. Tienen el mismo tratamiento que un manos libres”.

Reloj inteligente | Pixabay

Cabe recordar que el Artículo 13 de la Ley de Tráfico prohíbe el uso, durante la conducción, de dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación “excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”. Por lo tanto, si empleamos nuestro reloj inteligente como un manos libres no habría problema… aunque siempre hay matices.

La clave

Los relojes inteligentes nos permiten consultar determinada información de nuestro teléfono de una forma rápida, sencilla y accesible. Aunque no cuentan con las mismas funciones que un móvil, lo cierto es que sus prestaciones se parecen (cada vez más) a las de un smartphone: algunos modelos permiten recibir notificaciones de las diferentes aplicaciones, mensajes, llamadas… e, incluso, enviar una respuesta. Acciones que pueden interferir en nuestra conducción si nos obligan a manipular el reloj con la mano.

Reloj inteligente | Pixabay

Este movimiento no sólo da lugar a una distracción, también incumple lo dispuesto en el Artículo 76 de la reformada Ley de Tráfico que, entre otras cosas, prohíbe “conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación”.

La multa

Es complicado saber si un conductor está consultando la hora, un mensaje, una llamada o una notificación. Obviamente, las autoridades no pueden sancionarnos por llevar un smartphone en la muñeca mientras estamos conduciendo aunque sí pueden castigarnos por manipularlo con la mano mientras el vehículo está en movimiento. En ese caso concreto la multa supondría la pérdida de tres puntos del carnet de conducir además de los 200 euros correspondientes a este tipo de infracciones.

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