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SIN PÉRDIDA DE PUNTOS

Mascarilla en el coche: en qué casos es obligatoria para evitar las multas de 80 y 100 euros

La Dirección General de Tráfico (DGT) vigila de cerca su correcto uso, pero también la forma de llevarla cuando podemos viajar sin ella.

La mascarilla se ha convertido en un elemento más de nuestra rutina como barrera de protección para frenar los contagios del coronavirus: es una forma de cuidar al resto, pero también de cuidarnos a nosotros mismos. Su uso es obligatorio e ignorar este precepto está penado con multas de diferente índole: también cuando circulamos en coche. Estos son los casos en los que debes llevarla para evitar sanciones que oscilan entre los 80 y los 100 euros.

Tal y como recordaba la Dirección General de Tráfico (DGT) estos días, el castigo económico por no utilizar la mascarilla cuando nos desplazamos en coche es de 100 euros sin pérdida de puntos en el carnet de conducir. No es la única penalización que podemos recibir: razón por la que vamos a repasar los casos en los que debemos llevarla, cuando está permitido prescindir de ella y cómo hay que guardarla cuando viajamos.

Cómo evitar la multa de 100 euros

La mascarilla es obligatoria cuando los ocupantes del coche no sean convivientes. Una norma que también es aplicable cuando usamos coches compartidos (aunque viajemos solos) o cuando contratamos un servicio de transporte de pasajeros como un taxi o un VTC. Si ignoramos el precepto en estos casos, la multa será de 100 euros.

Sin embargo, hay excepciones que permiten a nuestros acompañantes prescindir de esta protección aun cuando no vivan bajo nuestro mismo techo: los menores de seis años pueden viajar de esta manera y también las personas que por su discapacidad o dependencia tengan alguna alteración de conducta que lo hagan inviable, aquellas con dificultades respiratorias o las que tengan un motivo de salud justificado.

Por lo tanto, sólo podemos quitarnos la mascarilla en el interior del coche cuando vamos solos o con convivientes.

Cómo evitar la multa de 80 euros

Explicábamos antes que las sanciones relacionadas con el uso de la mascarilla no son los únicos castigos económicos que podemos recibir. Si vamos solos o con las personas con las que compartimos techo debemos guardar correctamente este sistema de protección: colgarlo en el retrovisor interior no es el lugar adecuado. Tal y como estipula el Reglamento General de Circulación limita la visibilidad del conductor, algo que implica una multa de 80 euros. Por ello, lo recomendable es llevarla en las cajas diseñadas para tal efecto.

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