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Todas las personas jurídicas con vehículo deberán registrarse obligatoriamente en la Dirección Electrónica Vial.
Con la llegada del 2023 la Dirección General de Tráfico advierte a los conductores de algunas de las nuevas normas y medidas obligatorias que se han puesto en marcha y que deben tener en cuenta. Entre ellas, una gestión obligatoria para muchos conductores.
La DGT ha cambiado la manera de mandar los comunicados a las personas jurídicas, es decir, empresas, corporaciones, fundaciones, asociaciones o sociedades civiles, entre otros. La DGT dejó de enviar avisos en formato físico a las personas jurídicas, a partir del pasado mes de noviembre, sólo podrán recibirlas de manera electrónica. Todas las personas jurídicas con vehículo deberán registrarse obligatoriamente en la Dirección Electrónica Vial.
Por supuesto, se trata de una medida obligatoria para empresas pero no exclusiva, y podrán registrarse en la Dirección Electrónica Vial todo conductor que lo desee. Gracias a ello se podrá consultar información como infracciones, sanciones y ver otro tipo de comunicados.
Para el registro por medio de la sede electrónica sólo necesitarás contar con carnet de conducir vigente y disponer del certificado digital.
Pulsa en Otros trámites y en la sección de Notificación electrónica encontrarás el registro a la Dirección Electrónica Vial. Deberás dejar datos en el sistema como correo electrónico y teléfono móvil, los medios por los que recibirás los avisos.