Medida pionera en Europa
El Constitucional francés censura prohibir las redes sociales a los menores de 15 años: es un ataque "desproporcionado" a la libertad de expresión
¿Qué han dicho? Emmanuel Macron insiste en "proteger a nuestros niños de las redes sociales". El Elíseo también subraya que "la determinación del presidente de la República para sacar adelante esta reforma de aquí a la primavera de 2027 sigue siendo total".
El Consejo Constitucional francés no apoya la medida presentada por el Gobierno de Emmanuel Macron para proteger a los menores de 15 años de las redes sociales. ¿Cómo? Prohibiendo la creación de nuevas cuentas. Esa era la idea de Macron, un presidente que denuncia: "Les sumerge en la soledad, les hace sufrir porque no están preparados para ello. "Son demasiado jóvenes".
Con la decisión tomada este viernes, Francia va a tener muy complicado seguir adelante con sus planes en cuanto a niños y redes sociales. En concreto, el Constitucional ha censurado el principal artículo de la ley adoptada el mes pasado.
Una medida pionera en Europa, que pretendía prohibir las redes sociales a los menores de 15 años por considerar que sus disposiciones suponen un ataque "desproporcionado" a la libertad de expresión.
Macron no ha tardado en responder a la decisión. Hay que recordar que ha sido el gran promotor de la ley. Por ello, le ha pedido a su primer ministro, Sébastien Lecornu, que trabaje en el plazo más breve posible en la redacción "jurídicamente robusta" que tenga en cuenta el dictamen de la censura, así como "el marco europeo".
En un comunicado, la Presidencia señaló que, sobre la base de las conclusiones que presente Lecornu, Macron, el Ejecutivo y el Parlamento deberán determinar la forma para permitir, de aquí al fin de su mandato, en mayo de 2027, "proteger a nuestros niños de las redes sociales". El Elíseo también hizo hincapié en que "la determinación del presidente de la República para sacar adelante esta reforma de aquí a la primavera de 2027 sigue siendo total".
Los argumentos en contra
En su dictamen, el Consejo Constitucional también justifica la anulación de ese artículo cardinal de la ley porque estima que, con él, no se han previsto garantías legales suficientes para garantizar el derecho a la privacidad. Los magistrados reconocen que hay una exigencia constitucional para proteger "el interés superior del niño" y que eso permite, por tanto, limitar a los menores el acceso a las redes sociales, pero no de la forma en que se legisló.
En su argumentación explican que el legislador puede establecer mecanismos para que cesen los abusos por el ejercicio de la libertad de expresión y de comunicación cuando ponen en peligro el orden público y los derechos de las personas, como los menores. Pero ponen el acento en que esa libertad de expresión "es una condición de la democracia y una de las garantías del respeto de otros derechos y libertades".
En el caso de la ley que el Parlamento adoptó de forma definitiva el pasado 21 de julio para impedir el acceso a los menores a las redes sociales, el Consejo Constitucional critica el carácter general de la prohibición. Porque eso tiene como consecuencia privarles de acceso a "numerosos servicios de comunicación en línea, sin considerar ni la situación del menor, ni los riesgos específicos de cada uno de esos servicios". Es decir, se les priva de acceso a servicios en línea para los que no se ha demostrado que presenten riesgos para la salud y la seguridad de los menores.
Además, cuestiona que estén cubiertos por esa interdicción todos los menores de menos de 15 años, sin que se evalúe el riesgo para ellos en función "de su edad, de su grado de madurez y de su situación familiar", lo que significa que los padres o los que tengan la autoridad parental de esos niños o adolescentes no pueden decidir el levantamiento de la prohibición, limitar su alcance o autorizar el acceso a ciertas redes sociales.