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Vía libre a la plataforma

El juez Pedraz deja sin efecto la orden de bloquear Telegram en España porque "sería una medida excesiva"

El magistrado de la Audiencia Nacional señala que "no puede ignorar la posible afectación de múltiples usuarios ante una eventual suspensión" tras solicitar un informe a la Comisaría General de Información sobre la plataforma.

El juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, ha dejado este lunes sin efecto la orden de bloqueo cautelar de la plataforma de mensajería Telegram. El magistrado ha dictado un auto en el que deja sin efecto la suspensión temporal de los recursos asociados a Telegram acordada por el magistrado el pasado viernes porque sería "una medida excesiva y no proporcional".

En el escrito al que ha tenido acceso laSexta, el magistrado explica que se ha constatado un hecho notorio que el instructor "no puede ignorar y es la posible afectación de múltiples usuarios ante una eventual suspensión". "Con ello, debe plantearse si la medida resulta o no proporcional", ha añadido.

El juez ha explicado que por este motivo se solicitó un informe a la Comisaría General de Información sobre la naturaleza de Telegram, así como la "incidencia" de la medida cautelar de suspensión sobre los usuarios de esta plataforma.

En el auto del viernes, el juez había acordado esta medida cautelar en el marco de un procedimiento por un delito de vulneración continuada de derechos de propiedad intelectual contra los titulares de diversos canales creados en la red social Telegram. Lo hizo a raíz de una denuncia presentada por varios grupos de comunicación (Atresmedia, Mediaset y Movistar Plus) por presunto uso no autorizado de contenido audiovisual sometido a derechos de autor.

Un día después, el sábado, el juez dio tres horas a las operadoras españolas para que, desde la recepción de su comunicación judicial, procediesen a la suspensión de los recursos asociados a la aplicación. El juez consideraba la medida del bloqueo como "necesaria, idónea y proporcional" para la que no existía alternativa que pudiera detener la reiteración de los hechos denunciados. Sin embargo, finalmente, el juez ha reculado al ver que es una medida "excesiva y no proporcional" y afecta a los "múltiples usuarios de la plataforma.

Hay "actividades delictivas", pero son muchos sus usuarios

No obstante, el juez señala que es "sabido que la plataforma es utilizada también para actividades delictivas". "Son más que múltiples usuarios de todo tipo ( particulares, empresas, funcionarios, trabajadores en general…) que han optado por utilizar Telegram, al brindarles unos beneficios que otras plataformas no dan", añade el escrito.

Por todo ello, el auto concluye que "si se acordara la suspensión, supondría un claro perjuicio a aquellos millones de usuarios que utilizan esta aplicación de mensajería". Además, el juez se basa en el informe policial aportado para indicar también el "impacto económico" que tendría la suspensión cautelar para las empresas o sociedades que desarrollan gran parte de su actividad comunicativa a través de esta plataforma.

En definitiva, Pedraz concluye que no se trata de libertad de expresión o información, "sino si la medida es o no proporcional".

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