Reforma de las pensiones

Puntos clave de la reforma de las pensiones: más ingresos y mejora de las mínimas

Modelo dual de la pensión, subida de las pensiones mínimas o mejoras en la cobertura de lagunas de cotización. Estos son los puntos clave de la reforma de las pensiones, un plan que cuenta con el visto bueno de Bruselas.

En breve

El Gobierno ya ha aprobado la reforma de las pensiones. Un Consejo de Ministros extraordinario ha dado luz verde este jueves a la propuesta del ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, que cerró un pacto con Bruselas y los sindicatos para llevar adelante la segunda pata de la reforma del sistema de pensiones, después de que hace dos años firmaran su revalorización con el IPC.

De este pacto se ha desmarcado la patronal, que ha deplorado la propuesta por considerarla recaudatoria. Una vez aprobado por el Ejecutivo, el real decreto va a ser tramitado como proyecto de ley para poder enmendarlo en el trámite parlamentario.

La reforma cuenta con elvisto bueno de Bruselas y su espíritu es poder implantar "un extenso bloque de medidas para modernizar el sistema de pensiones".

De esta forma, este plan contempla mejoras en la cobertura de lagunas de cotización, en el complemento de la brecha de género y en las pensiones mínimas, así como un sistema dual para el cálculo de la pensión para que las personas con carreras laborales irregulares no vean mermada su prestación.

A continuación, analizamos cada una de las medidas que contempla esta reforma.

Modelo dual de la pensión

La pensión podrá calcularse o con los últimos 25 años cotizados o con 29 años de cotización, de los que se podrán excluir los dos peores, por lo que en la práctica el cómputo en este segundo caso será de 27 años. Esta nueva opción se introducirá de manera progresiva, desde 2027 a 2038.

Hasta 2040 podrá elegirse entre las dos opciones, mientras que entre 2041 y 2043 la opción de 25 años irá subiendo a razón de seis meses por año, hasta los 26,5 y se seguirá pudiendo elegir entre este periodo o los 29 años (menos los dos peores). A partir de 2044 la pensión solo se calculará con 27 años efectivos de cotización. De oficio, mientras existan las dos alternativas, la Seguridad Social siempre aplicará la más ventajosa para el trabajador.

Cuota de solidaridad

Se establece una cotización para la parte del salario que no cotiza por superar la base máxima de cotización. Esta será del 1% en 2025 e irá aumentando a un ritmo de 0,25 puntos por año hasta llegar al 6% en 2045 (5% a cargo de la empresa y 1% a cargo del trabajador).

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

La actual sobrecotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, del 0,6%, subirá hasta el 1,2% en 2029, a un ritmo de una décima por año. La distribución será la siguiente: 1% a cargo de la empresa y 0,2% a cargo del trabajador.

Esta sobrecuota se mantendrá en el 1,2% de 2030 a 2050 y podrá aumentar de manera automática si el gasto en pensiones sobrepasa el 15% del PIB.

Bases mínimas

Las bases máximas de cotización subirán anualmente con el IPC, más una cuantía fija de 1,2 puntos entre 2024 y 2050. Esto implicará un aumento acumulado del 38%. El Gobierno evaluará cada cinco años, en el marco del diálogo social, el incremento de las bases máximas de cotización y remitirá un informe a la Comisión del Pacto de Toledo.

Pensión máxima

Las pensiones máximas se revalorizarán año a año con el IPC anual más un incremento adicional de 0,115 puntos porcentuales acumulativos cada año hasta 2050, lo que supondrá un alza aproximada del 3%.

A partir de 2051 y hasta 2065 se producirán incrementos adicionales para que al final del periodo, en 2065, la pensión máxima haya subido de manera acumulada un 20%. A partir de ese año se valorará la conveniencia de alcanzar un incremento total del 30%.

Subida de las pensiones mínimas contributivas

Para las mínimas contributivas se establece una senda de convergencia para asegurar que, desde 2027, no sean inferiores al umbral de la pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos.

Así, tomando como referencia la evolución de la pensión mínima con cónyuge a cargo, irán subiendo entre 2024 y 2027 de manera progresiva.

Mejora de las pensiones no contributivas

Las pensiones no contributivas crecerán hasta converger en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.

Cobertura de lagunas

Se mantiene el modelo actual de cobertura de lagunas, es decir, los meses en lo que no existe obligación de cotizar y que son tenidos en cuenta para calcular las pensiones. No obstante, habrá mejoras para mujeres.

Así, los vacíos de cotización se compensarán con el 100% de la base mínima los primeros 48 meses, y con el 50% de la base mínima a partir del mes 49, añadiendo para las mujeres asalariadas el 100% de la base mínima entre el mes de vacío 49 y el 60 y el 80% de la base mínima entre el mes 61 y el 84. Esta medida estará vigente mientras la brecha de género sea superior al 5% y podrá aplicarse a hombres en situaciones comparables.

Además, se reconocerán como cotizados los tres primeros años de excedencia por cuidado de hijos y familiares, y a los autónomos también se les cubrirán, por primera vez, lagunas de cotización.

Brecha de género

El complemento de brecha de género de las pensiones subirá un 10% adicional a su revalorización anual en el bienio 2024-2025.

Límites a la disposición de activos de la 'hucha de las pensiones'

Desde 2033, la Ley de Presupuestos establecerá el desembolso anual a efectuar por el Fondo de Reserva en términos de porcentaje del PIB, con un límite máximo para cada ejercicio del periodo 2033-2053, que irá desde el 0,10% del PIB al 0,91%, dependiendo de cada ejercicio.

Fiscalización por parte de la AIReF

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) publicará y enviará al Gobierno, desde marzo de 2025 y cada tres años, un informe de evaluación sobre el impacto de las medidas destinadas a fortalecer los ingresos del sistema entre 2022 y 2050. Tras la evaluación, habrá que tener en cuenta varios aspectos:

  • Si, tras esa evaluación, el impacto anual medio de las medidas de ingresos es igual al 1,7% del PIB, el gasto medio bruto en pensiones en el periodo 2022-2050 no podrá superar el 15% del PIB.
  • Si supera ese 1,7%, el gasto en pensiones no podrá superar el 15% del Producto Interior Bruto más la diferencia entre el impacto medio anual estimado de las medidas y el 1,7%.
  • Si el impacto anual medio de las medidas de ingresos es inferior al 1,7%, el gasto no podrá superar el 15% del PIB menos la diferencia entre el impacto medio anual estimado de las medidas y el 1,7%.

En caso de que se produzca algún exceso en alguna de las tres situaciones anteriores, el Gobierno propondrá posibles medidas para eliminarlo. Además, negociará con los agentes sociales el envío de una propuesta al Pacto de Toledo para corregir este exceso de gasto vía aumento de las cotizaciones u otra fórmula alternativa que eleve los ingresos o reduzca el gasto en pensiones o una combinación de ambas.

Como resultado de estas negociaciones, el Gobierno enviará un proyecto de ley al Parlamento que contenga las medidas apropiadas antes del 30 de septiembre, que entrará en vigor el 1 de enero del año siguiente.

Si la ley, con las medidas correctoras del exceso de gasto, no entrara en vigor el 1 de enero del año siguiente, la cotización del MEI aumentará para compensar dos décimas partes del exceso estimado por la AIReF a partir del 1 de enero del año siguiente y otras dos décimas partes en cada uno de los años siguientes, hasta que se adopten nuevas medidas del mismo impacto o el exceso de gasto sea corregido.

Jubilación parcial

El Gobierno se compromete a negociar antes del 30 de junio una reforma de la figura de la jubilación parcial a fin de garantizar un régimen de compatibilidad efectiva entre trabajo y pensión, preservar la calidad del empleo de los relevistas, y equilibrar el coste de esta modalidad de pensión.

Observatorio para el paro de los autónomos

Se creará, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la reforma, un observatorio para mejorar la eficacia y cobertura de la prestación por cese de actividad por causas económicas de los trabajadores autónomos, así como de la integración de periodos sin obligación de cotizar.

Cotización por prácticas formativas o externas

Por último, se integrarán en la Seguridad Social los alumnos que realicen prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación o que realicen prácticas académicas externas.

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