Por la 'Operación Mito'

La Audiencia Nacional confirma el juicio contra el narcotraficante Sito Miñanco y Gonzalo Boye, abogado de Puigdemont

La Audiencia ha rechazado estimar la excepción de cosa juzgada que presentaron el narcotraficante gallego y el abogado de Puigdemont para evitar sentarse en el banquillo por un delito de blanqueo de capitales en el marco de la 'Operación Mito'.

En breve

La Audiencia Nacional ha confirmado la celebración del juicio contra el narcotraficante gallego José Ramón Prado Bugallo, más conocido como 'Sito Miñanco', y el abogado Gonzalo Boye, que representa al expresident Carles Puigdemont, entre otros, por blanqueo de capitales por su presunta implicación en la 'Operación Mito'.

La Sala de lo Penal ha desestimado los artículos de previo pronunciamiento presentados por Boye y Miñanco, en los que pedían que se estimara la excepción de cosa juzgada para no sentarse en el banquillo. Es decir, que argumentaban que ya habían sido juzgados anteriormente por hechos similares.

En el caso de Miñanco, procesado en esta causa por narcotráfico y blanqueo de capitales, pedía que se estimara la excepción de cosa juzgada por el segundo de los delitos, puesto que ya había sido juzgado y condenado por los mismos hechos en una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra de enero de 2019. Sin embargo, la Sala señala que el delito de blanqueo del que se le acusa no es por los mismos hechos.

En esta línea, los magistrados aseguran que no se refieren al mismo espacio temporal, que en el caso del tribunal gallego llega hasta 2012, sino que habrían ocurrido entre 2016 y 2018. Además, señalan que la actividad delictiva de la que procederían los bienes introducidos en la economía regular tendrían su origen en la actuación en ese periodo y mientras se encontraba cumpliendo una condena de 16 años y 10 meses de prisión por delito contra la salud pública y, desde 2016, en un centro en régimen de tercer grado.

El letrado de Puigdemont, además, solicitaba la inhibición de la causa a la Audiencia Provincial de Madrid y que se planteara una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Boye consideraba que los hechos de los que se le acusa ya se habían juzgado en un procedimiento contencioso-administrativo abierto a raíz del decomiso de dinero que llevaban varios investigados en sus maletas en el aeropuerto de Barajas.

Sin embargo, los magistrados recuerdan en su resolución que la Fiscalía acusa a Boyé de aportar a dicho procedimiento administrativo contratos elaborados 'ad hoc' con la finalidad de acreditar el origen del dinero intervenido. Para la Sala, no existe ni identidad de hechos, ni de sujetos en el caso de Boye, entre los procedimientos administrativos, contencioso-administrativo y este, referente al blanqueo de capitales de la 'Operación Mito', por lo que no puede apreciarse la excepción de cosa juzgada.

Asimismo, rechazan también plantear una cuestión prejudicial al TJUE al tratarse de cuestiones que pueden resolverse a través de los cauces previstos en la legislación española. Por último, desestiman igualmente la declinatoria de jurisdicción en favor de la Audiencia de Madrid por la conexidad de los delitos investigados y con el fin de no romper la continencia de la causa, lo que hace necesario que sean enjuiciados en un mismo procedimiento.

La 'Operación Mito'

En noviembre, la jueza María Tardón enviaba a juicio a Miñanco, Boye y otras 47 personas por la 'Operación Mito', centrada en la red que presuntamente dirigía Sito Miñanco y que intentó introducir sin éxito en España más de 4.000 kilos de cocaína en dos operativos diferentes, que fueron truncados por los investigadores que le seguían la pista desde 2016. DICHA red, según la jueza, se dedicaba principalmente a la importación y distribución de estupefacientes (especialmente cocaína) y al blanqueo de capitales.

Así, mientras algunos miembros de la red se encargaban exclusivamente de facilitar el dinero en 'B', un tercero utilizaba falsos créditos entre familiares para justificar la entrega de ese dinero en sus cuentas, mientras que otro integrante utilizaba su empresa de seguridad para emitir facturas falsas.

Boye, por su parte, fue procesado por la magistrada por un presunto delito de blanqueo de capitales por su supuesta participación en el operativo para recuperar 889.620 euros que la Policía había incautado a miembros de la organización de Sito Miñanco en el aeropuerto de Barajas.

Estos 'correos humanos', que llevaban el dinero oculto en una maleta para moverlo hacia Colombia, fueron detenidos en febrero de 2017 en el aeropuerto madrileño. Entonces, según el relato de la magistrada, los 'narcos' contactaron a Boye y otro abogado, Jesús Morán Castro, para que elaboraran unos documentos que justificaran el origen legal del dinero.

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