Borrador del Gobierno
Baleares y Canarias no se cerrarán perimetralmente: las restricciones de Sanidad para Semana Santa y el puente del Día del Padre
Sanidad se plantea ampliar los cierres perimetrales previstos para Semana Santa en todas las comunidades al puente de San José en aquellas autonomías en las que sea festivo. Las reuniones o el toque de queda también estarán restringidos.
El Consejo Interterritorial aprobará este miércoles las restricciones de cara a la Semana Santa, que según se ha podido saber este martes, se ampliarán también al puente del Día del Padre en aquellas comunidades en las que sea festivo.
De esta manera, las actuaciones contra el COVID-19 se llevarán a cabo durante el periodo comprendido entre el 17 y el 21 de marzo de 2021 en aquellos territorios en los que sea festivo el día 19 de marzo; y desde el 26 de marzo al 9 de abril de 2021, en el resto del territorio.
El borrador de Sanidad distingue entre medidas de obligado cumplimiento que afectan a los cierres perimetrales, las reuniones sociales o el toque de queda; y recomendaciones que se centran en el nivel de alerta de cada comunidad, los eventos masivos y la campaña de comunicación conjunta.
¿Dónde habrá cierres perimetrales?
Sólo las comunidades autónomas de Islas Canarias e Islas Baleares, por las peculiaridades geográficas y logísticas que implica la insularidad, estarán exentas de cumplir los cierres perimetrales en Semana Santa y el puente de San José.
El resto de comunidades tendrán que cerrar perimetralmente en estos dos periodos festivos, aunque el cierre del puente sólo afectará a aquellas autonomías en las que sea festivo.
Horarios del toque de queda
Según el documento, se limitará el derecho de movilidad nocturna a partir de las 22:00 horas y hasta las 6:00 horas. Sin embargo, el texto contiene una "redacción alternativa" que plantea la posibilidad de que ese cierre sea a partir de las 23.00 horas, la hora en la que lo tiene establecido en la actualidad la Comunidad de Madrid. El Consejo Interterritorial aprobará la decisión final.
Limitaciones en las reuniones sociales
Es otra de las medidas de obligado cumplimiento. Según el documento, se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de 4, tanto en espacios públicos como privados, salvo que se trate de convivientes.
Como ocurre en el toque de queda, se plantea la posible alternativa de que se permita la permanencia de grupos de personas a un máximo de 4 en espacios públicos cerrados y 6 en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En este caso, en espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes.
Recomendaciones que no son de obligado cumplimiento
El borrador recomienda a todas las autonomías que no bajen el nivel de alerta en el que se encuentra la comunidad autónoma desde las dos semanas previas al inicio de la Semana Santa aunque los indicadores sean favorables. Sí se podrían aumentar las restricciones durante esas dos semanas.
También se pide que no se celebren eventos masivos de cualquier índole que impliquen aglomeración o concentración de personas. Además, se especifica que los eventos en espacios cerrados seguirán las normas de aforo y otras medidas establecidas según el nivel de alerta de cada comunidad autónoma.
Por último, considera "pertinente" realizar una campaña institucional para evitar la relajación de comportamientos, con el lema "No salvamos semanas, salvamos vidas".