Caso Begoña Gómez
Begoña Gómez pide su absolución al juez Peinado y alega que los hechos "no son constitutivos de delito alguno"
Los detalles La defensa de la mujer del presidente del Gobierno "niega los hechos relatados en los escritos de conclusiones de las acusaciones" y sostiene que, con la llegada de Pedro Sánchez a Moncloa, "dejó su actividad privada para evitar conflictos de intereses".
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La defensa de Begoña Gómez solicita su absolución en el caso en el que está imputada, argumentando que los hechos no constituyen delito. Su abogado, Antonio Camacho, sostiene que la conducta atribuida a Gómez carece de los elementos necesarios para ser considerada delictiva. Afirma que las cátedras extraordinarias, como la que dirigía en la UCM, no implican retribuciones económicas ni requieren titulación superior. También menciona que el registro de software no se completó debido a la eliminación de la cátedra. Asimismo, la defensa de Juan Carlos Barrabés y Cristina Álvarez piden absolución, argumentando regularidad en sus actuaciones y falta de influencia indebida.
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La defensa de Begoña Gómez pide su libre absolución en la causa en la que está imputada al considerar que los hechos expuestos "no son constitutivos de delito alguno".
En un escrito al que ha tenido acceso laSexta de su abogado, Antonio Camacho, la defensa de la mujer del presidente del Gobierno considera que la conducta atribuida a Gómez "no reúne los elementos objetivos ni subjetivos exigidos por ninguno de los tipos penales invocados por las acusaciones". En consecuencia, añaden, "procede el dictado de sentencia absolutoria".
El escrito defiende que las cátedras extraordinarias como la que Begoña Gómez codirigía en la Universidad Complutense de Madrid constituye "un instrumento de colaboración público-privada que, en el caso de la UCM, no comportan retribución económica alguna para quien las dirige y no exigen, de conformidad con la normativa interna de dicha universidad, titulación universitaria superior para el ejercicio de su dirección".
Señala que Gómez contactó con la UCM a efectos del registro del software a nombre de la universidad, si bien ese registro "nunca llegó a realizarse". "Si no finalizó el Registro a través de la OTRI (Oficina de Transferencia de Conocimiento de la Universidad Complutense), fue porque según la normativa de la UCM solo podía registrarse cuando el proyecto estuviera finalizado (con códigos fuente y requisitos cumplidos), estadio al que no se llegó por la eliminación de la Cátedra por la UCM", explica.
Barrabés y Álvarez también reclaman ser absueltos
De igual modo, la defensa del empresario Juan Carlos Barrabés pide su absolución en su escrito de defensa argumentando que las adjudicaciones que recibieron sus empresas de la sociedad pública Red.es "se hicieron de conformidad con los informes elaborados por los técnicos de dicho organismo, por tratarse de las mejores de las propuestas presentadas y consideraron que se trataba del mejor licitante para llevar a cabo el objeto del contrato".
"Los criterios de valoración seguidos por parte de Red.es para las adjudicaciones fueron los mismos que se venían aplicando desde hace 20 años por ese organismo y los mismos que se aplicaron en los lotes restantes de los expedientes", señala antes de añadir que su actuación ha sido "absolutamente regular, jamás ha mantenido conversaciones con ningún funcionario para influir en las decisiones que debieran adoptar ni, por supuesto, jamás ha tenido conversaciones con Begoña Gómez sobre las concretas adjudicaciones a las que habrían concurrido las empresas de las que era accionista".
De igual modo, apunta que las cartas que obran en el procedimiento "en ningún caso eran de recomendación y no comprometían a nada". "Simplemente se mostraba la intención de colaborar en la difusión de las convocatorias, en el caso de que el contrato resultase adjudicado a la UTE", explica.
Por último, Cristina Álvarez, asistente de Begoña Gómez, también pide su libre absolución apuntando, entre otros argumentos, que "el delito de malversación de la fuerza del trabajo nunca puede atribuirse al funcionario explotado por su superior, sino en todo caso al superior que abusa de su subordinado".
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