Caso Begoña Gómez

Begoña Gómez pide anular el auto del juez Peinado y considera "inaceptable" que compare a Sánchez con Fernando VII

Los detalles La esposa del presidente del Gobierno cree que comentarios como los del juez Peinado trasladan una imagen "impropia" de la imparcialidad que un magistrado ha de transmitir.

Begoña Gómez considera "absolutamente inaceptable" el comentario del juez Juan Carlos Peinado en su auto por el que propone sentarla en el banquillo, en el que compara a Pedro Sánchez con el régimen absolutista de Fernando VII.

En el escrito de su defensa, al que ha tenido acceso laSexta, la defensa de la esposa del presidente del Gobierno reclama a la Audiencia Provincial que anule el auto de Peinado, en el que le atribuía cuatro posibles delitos de malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida.

Según la defensa de Gómez, liderada por el abogado Antonio camacho, los delitos que se atribuyen a su clienta "o bien no se hallan en absoluto acreditados, o bien no encajan en las conductas desarrolladas". Como ya hizo el pasado viernes en otro escrito, la defensa critica la "rapidez inusitada" con la que Peinado cerró la investigación y denuncia que el magistrado se saltó los trámites de la Ley del Jurado al ordenar practicar nuevas diligencias mientras daba un plazo de cinco días a las partes para presentar sus conclusiones.

En lo relativo a la comparativa que hace Peinado entre Sánchez y Fernando VII, el escrito recoge la cita literal que encontramos en el auto del magistrado. "Pero lo determinante es que, por mucho que se busque en la jurisprudencia, que analice o interprete este tipo penal contemplado en el denominado Código Penal de la democracia, aprobado por la ley Orgánica de 23 de noviembre de 1995, no podrá hallarse un supuesto de similares características, pues las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado, lo que obliga a tratar de analizar (quizás hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII) este tipo desde la perspectiva de una interpretación teleológica y hermenéutica de los citados artículos 428 y 429 del Código Penal", escribió Peinado.

Según la defensa de Gómez, el juez "respeta muy poco la imagen de imparcialidad que un Magistrado debe transmitir". El escrito recuerda que el auto "se abre con una afirmación que es absolutamente inaceptable" y que les hace "dudar de la imparcialidad del instructor ya que es impropia de un titular de la Potestad Jurisdiccional, siendo más propia de la época histórica que la citada frase recrea".

Cristina Álvarez también lo recurre

Este lunes también hemos conocido que la defensa de Cristina Álvarez, asistente de Begoña Gómez, ha presentado un recurso de queja contra el auto por el que el juez Peinado transformó su causa en un procedimiento ante la ley del jurado.

En un escrito al que ha tenido acceso laSexta, la defensa de Álvarez incide en que Begoña Gómez no cobró por dirigir la cátedra y dice que su labor fue de "mera mensajera" o "recadera".

Entre las 61 páginas del escrito, la defensa de Álvarez lanza seis preguntas al juez Peinado. "¿Comete malversación el médico de Moncloa que atiende a un hijo del Presidente del Gobierno por una enfermedad contraída durante una excursión de su colegio? ¿Comete malversación el cocinero de Moncloa que prepara una comida privada, no protocolaria, a la familia del Presidente del Gobierno? ¿Comete malversación el escolta que protege a la familia del Presidente del Gobierno cuando acude al cine a ver una película?", se pregunta.

Añaden, además, que es "imposible delimitar qué tareas son propias, y cuáles no, de un asistente del cónyuge del Presidente del Gobierno": "Esta figura constituye una costumbre de nuestra democracia justificada por las peculiaridades vitales del cónyuge del Presidente: particularidades de la vida familiar en el Palacio de la Moncloa, necesidad de utilización de seguridad y servicio de escolta en cada desplazamiento, exposición pública, etc".

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