Nuevo bulo

No es cierto que Iglesias vaya a cobrar 120.000 euros al año por ser cesado como vicepresidente del Gobierno

Sólo puede optar a una indemnización del 80% de su salario el tiempo equivalente al tiempo que ha ocupado el cargo, y no podrá cobrarla si percibe otro salario de la actividad pública o privada.

En los últimos días se ha difundido una noticia relativa a Pablo Iglesias que asegura que el exvicepresidente del Gobierno y ahora candidato de Unidas Podemos en la Comunidad de Madrid cobrará durante dos años 120.000 euros anuales junto a una "indemnización millonaria". Pero esta información no es cierta, como tampoco es verdad que el motivo sea el cese que se publicó en el BOE.

Así lo ha explicado 'Newtral.es', que apunta que los exministros y altos cargos tienen derecho a una indemnización del 80% de su salario durante el mismo tiempo que ha durado su mandato, o hasta un máximo de dos años si se han superado los 24 meses de mandato, según se indica en la ley de Presupuestos Generales del Estado de 1981.

En este caso concreto, el sueldo de Iglesias cuando ocupaba la Vicepresidencia Segunda era de 79.746,24 euros anuales. Por ello, aplicando el 80% tras el cese, la indemnización que le quedaría al líder de Podemos sería de un máximo de 63.796,99 euros brutos anuales; prácticamente la mitad de los 120.000 euros anuales que se afirmaban en las informaciones difundidas por redes sociales.

'Newtral.es' ha recordado además que, desde el año 2012, estos dirigentes pueden percibir esa indemnización si no están cobrando un salario de carácter público o privado. Pero no solo eso. "También es incompatible con la percepción de la pensión de jubilación. Aunque el exfuncionario puede renunciar a percibir la indemnización", han precisado.

Cabe destacar además, en lo relativo a lo expuesto en el BOE en esa información falsa, que a la hora de percibir una indemnización no hay diferencias entre cese o dimisión. Es decir, que ese dinero no depende del modo en que haya finalizado la relación con la Administración. No obstante, sí se puede negar la indemnización si ese ministro o alto cargo ha sido destituido por una infracción de carácter grave o muy grave.

laSexta/ Noticias/ España