Medidas y restricciones
Qué puedo hacer y qué no en el estado de alarma en Madrid
El ministro de Sanidad ha anunciado las medidas restrictivas para nueve municipios de la Comunidad de Madrid tras el decreto de estado de alarma. Ha señalado que "serán las mismas" que estaban en vigor hasta ayer.
El ministro Salvador Illa ha anunciado en rueda de prensa las medidas restrictivas que se aplicarán en la Comunidad de Madrid tras el decreto de estado de alarmay ha llamado a la calma señalando que "todo sigue igual".
"El Gobierno ha decidido declarar el estado de alarma para dar cobertura a las medidas aprobadas el 30 de septiembre durante los proximos 15 dias naturales. Serán las mismas medidas, todo sigue igual, simplemente con otra cobertura jurídica", ha apuntado.
El titular de Sanidad se ha mostra confiado en poder "estabilizar la pandemia y sentar las bases para doblegar la curva" y ha advertido de que "hay que evitar que este puente se difunda el virus sin control".
Las medidasse aplicarán en nueve municipios de la región; Madrid, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz y son las siguientes:
- Se restringe la entrada y salida de los municipios afectados por alta incidencia, salvo que los desplazamientos sean justificados: asistencia a centros sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, asistencia a centros de estudio, retorno a la residencia habitual, desplazamiento a entidades financieras, cumplimiento de trámites ante órganos públicos u otras causas de fuerza mayor.
- Las reuniones, tanto en espacios públicos como privados, se reducen a seis personas, salvo que sean convivientes o que se trate de una actividad laboral o institucional.
- Se suspende la actividad de los parques infantiles de uso público.
- El aforo en los lugares de culto tiene que ser de un tercio, siempre que se garantice la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. A los velatorios solo pueden acudir 15 personas si es un espacio al aire libre o diez, en un espacio cerrado, sean o no convivientes. Mientras la comitiva para el enterramiento o la cremación se restringe a 15 personas.
- El aforo en los locales comerciales se reduce al 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.
- El aforo en los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas se reduce a un 50% en espacios interiores y a un 65% en espacios exteriores. El consumo en barra no está permitido, la ocupación máxima es de seis personas por mesa y la distancia entre las sillas de las agrupaciones de mesas tiene que ser de 1,5 metros. No se pueden admitir clientes a partir de las 22:00 horas y se cierra antes de las 23:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
- Las academias, autoescuelas y centros de enseñanzas no regladas también reducen su aforo al 50%.
- En las instalaciones deportivas, tanto al aire como interior, el aforo es del 50% si es un espacio cerrado y del 65% si es un espacio abierto. Además, la práctica en grupos se reduce a un máximo de seis personas. Las competiciones que estén bajo la tutela de Federaciones deportivas españolas tienen que aplicar el protocolo de estas.