Condena a García Ortiz

La Fiscalía pide anular la condena al fiscal general como paso previo para el recurso ante el Constitucional

Los detalles La teniente fiscal María Ángeles Sánchez Conde sostiene que los jueces de la Sala de lo Penal realizaron una "incompleta selección de los hechos" y que vulneraron los derechos fundamentales de García Ortiz.

La Fiscalía ha presentado un incidente de nulidad contra la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a dos años de inhabilitación por revelación de secretos al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Se trata del paso previo a poder presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para revocar esta condena.

En un escrito al que ha tenido acceso laSexta, la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, sostiene que los jueces de la Sala de lo Penal ignoraron "sin explicación alguna" las pruebas que exoneraban a García Ortiz y que su resolución vulnera derechos fundamentales del que fuera máximo representante del Ministerio Público.

En consecuencia, la fiscal argumenta que los magistrados realizaron una "incompleta selección de los hechos" al omitir los testimonios clave de los periodistas que en su declaración en calidad de testigo aseguraron tener el correo electrónico de la confesión de fraude fiscal del empresario antes de que lo obtuviera el fiscal general.

Además, destaca que la información sobre el acuerdo de conformidad del novio de Ayuso estaba publicada en el chat de Tribunales de laSexta antes de llegarle a García Ortiz. Según la Fiscalía, la sentencia prescinde de pruebas de descargo que demuestran que la información ya era pública cuando llegó a manos de García Ortiz.

Sánchez Conde también señala a la Sala de lo Penal por introducir un "hecho novedoso que trastoca de modo radical el objeto del proceso" al considerar delictivo un comunicado de la Fiscalía sobre el caso de los delitos fiscales reconocidos por González Amador, algo que no se debatió ni imputó durante la instrucción. Además, asegura que el Supremo creó "un tipo delictivo" al penaliza la difusión de información que ya no era secreta, excediendo los límiter marcados por el Código Penal.

Por todo ello, la teniente fiscal califica como "difícilmente entendible" e infundada la indemnización de 10.000 euros impuesta a Álvaro García Ortiz, así como la condena al pago de las costas de la acusación particular.

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