Condena a García Ortiz
Las juezas que discrepan con la condena al ex fiscal general justifican su voto particular: "No ha quedado acreditado que sea el autor de la filtración"
Los detalles Las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo defienden que no hay pruebas de que García Ortiz esté relacionado con la filtración del correo en el que se admitían los delitos cometidos por Alberto González Amador.
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Ana Ferrer y Susana Polo, magistradas del Tribunal Supremo, han discrepado con la decisión de los jueces conservadores de condenar a Álvaro García Ortiz, firmando un voto particular en el que argumentan que "no ha quedado acreditado que sea el autor de la filtración". Solicitan la absolución del ex fiscal general, considerando que no hay delito en la difusión de la nota de prensa sobre el fraude fiscal de Alberto González Amador. Las magistradas refutan los argumentos de los jueces conservadores y cuestionan el testimonio de la fiscal Almudena Lastra, señalando que solo expresa sospechas sin pruebas. En el pasado, el Tribunal Constitucional ha respaldado el criterio de Polo y Ferrer en casos similares.
* Resumen supervisado por periodistas.
Ana Ferrer y Susana Polo, las dos magistradas del Tribunal Supremo que han discrepado con la decisión de los cinco jueces conservadores de condenar a Álvaro García Ortiz, han firmado un voto particular en el que argumentan que "no ha quedado acreditado que sea el autor de la filtración".
De esta forma, las dos magistradas piden la absolución del ya ex fiscal general debido a que no ven delito en la difusión de la nota de prensa publicada por la Fiscalía sobre el fraude fiscal cometido por Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.
El fallo, que fue adelantado el pasado 20 de noviembre sin venir acompañado por la sentencia, reveló la división interna en el seno del Supremo, con las dos juezas progresistas que se quedaron solas defendiendo la inocencia de García Ortiz frente a los cinco miembros conservadores que le condenaron a dos años de inhabilitación como fiscal general.
Las dos magistradas firmantes del voto discrepante analizan y refutan en la sentencia uno por uno los argumentos de los cinco integrantes conservadores. Indican que los testimonios de los periodistas que afirmaron conocer el correo del 2 de febrero de 2024 "resultan creíbles, sin que el reconocimiento del derecho al secreto profesional lleve aparejado que deba restárseles credibilidad". Además, añaden que las pruebas que estos periodistas aportaron en el juicio refuerzan la fiabilidad de sus testimonios.
Otro de los aspectos que cuestionan a la sala es el testimonio de la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, que la mañana posterior a que sucedieran los hechos acusó a García Ortiz de haber sido el origen de la filtración: "Lo único que revela son sus sospechas, pero no que tuviera ninguna prueba de ello".
Además, sostienen que es cierto que Lastra mantuvo disparidad de criterio con García Ortiz sobre cómo esclarecer la "tergiversada información promovida desde el entorno de la Comunidad de Madrid", aunque apuntan que solo era una discrepancia en el modo de atajar esta falsedad y no en la necesidad de salir al corte de las falsas informaciones.
De hecho, Lastra se mostraba partidaria de convocar una rueda de prensa. "La discrepancia esencial, más allá de las sospechas que pudiera albergar, radicaba en la oportunidad del momento en el que había de efectuarse el desmentido", expresan Polo y Ferrer.
El TC ha dado la razón a Polo y Ferrer varias veces
Susana Polo y Ana Ferrer ya han protagonizado varios votos particulares en los últimos años discrepando del criterio mayoritario de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, como sucedió con el juicio de los ERE, la causa de la aplicación de la amnistía o la condena al exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez.
En algunos de estos casos, el Tribunal Constitucional ha optado por darles la razón anulando o reduciendo las condenas impuestas por el Supremo entendiendo que el criterio de estas dos magistradas progresistas era el correcto.
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