MÁS ALLÁ DEL ESTADO DE ALARMA
Los sanitarios logran que se reconozca como accidente de trabajo el contagio y la muerte por coronavirus en su labor
Los contagios en personal sanitario y sociosanitario expuestos al virus en su trabajo tendrán esta consideración hasta un mes después de que concluya el estado de alarma. En el caso de las muertes, se reconocerán como accidente de trabajo durante los siguientes cinco años.
Los contagios provocados por el coronavirusentre el personal de centros sanitarios y sociosanitarios en el ejercicio de su profesión tendrán la consideración de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social. Así se establece en el BOE publicado este miércoles, en el que se precisa que esta consideración se seguirá aplicando hasta el mes posterior a la finalización del estado de alarma.
En concreto, el BOE se refiere a las prestaciones de la Seguridad Social que causen los trabajadores que prestan servicios en estos centros y que, "en el ejercicio de su profesión", se hayan contagiado del virus "durante cualquiera de las fases de la epidemia, por haber estado expuesto a ese riesgo específico durante la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios". En este sentido, serán los Servicios de Prevención de Riesgos laborales y Salud Laboral quienes así lo acrediten.
En cuanto a las muertes por coronavirus entre estos profesionales, se considerará que la causa del fallecimiento es accidente de trabajo cuando se produzca "dentro de los cinco años siguientes al contagio" de la enfermedad y "derivado de la misma".
La norma publicada este miércoles en el BOE asimismo detalla que, hasta ahora, la asistencia sanitaria prestada a los citados trabajadores "se ha venido considerando como derivada de contingencia común" y establece que "mantendrá dicha calificación". No obstante, agrega, "una vez reconocida la contingencia profesional de la prestación", la asistencia sanitaria "derivada de la recaída como consecuencia del contagio del virus SARS-CoV2 durante el estado de alarma, tendrá la naturaleza de contingencia profesional".
Puedes consultar el documento completo unas líneas más abajo.
Una reivindicación de los sanitarios
Precisamente, una de las quejas de los profesionales sanitarios en esta crisis era que la COVID-19 no tuviese la consideración de enfermedad profesional, algo que afecta a las indemnizaciones en los casos de fallecimiento o secuelas graves. Así lo denunciaba recientemente Alicia Martín, presidenta de Atención Primaria de AMYTS, en declaraciones a laSexta. "Los sanitarios no nos hemos contagiado en el supermercado, sino por falta de protección", reprochaba.
Tras la decisión del Gobierno, el sindicato de enfermería SATSEha celebrado la medida, que la organización sindical "había exigido de manera reiterada", según afirma en un comunicado. Este reconocimiento, apunta SATSE, conlleva "mayores prestaciones sociales para el trabajador", pero también "la obligación de realizar un seguimiento periódico" de los profesionales infectados.
También el Consejo General de Colegios de Médicos ha expresado su "satisfacción" con la aprobación de esta medida, una petición que la organización colegial también había trasladado al Gobierno.
Comisiones Obreras (CCOO) no obstante, si bien considera que la consideración de accidente de trabajo es un "indudable avance", cree que es aún "insuficiente", particularmente al limitarse su aplicación al mes posterior a la finalización del estado de alarma, en el caso de los contagios, algo que tachan de "insostenible".
Por su parte, desde CSIF critican que la medida excluya a profesionales de otros sectores también expuestos al virus, "como personal de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Emergencias, Correos, cajeras de supermercado, personal de la alimentación, repartidores de comida y un largo etcétera".