Uno de los tres criterios

Son 11 las ciudades que superan la incidencia de coronavirus para establecer restricciones, según Sanidad

Uno de los criterios que fija el borrador presentado a las CCAA es superar una incidencia de 500 casos por cada 100.000 habitantes. 11 grandes municipios lo cumplen, con casi cinco millones de habitantes.

En breve

¿Cuáles son las ciudades que podrían ser confinadas? ¿Cuántas cumplen los criterios propuestos por Sanidad? La lista de grandes municipios que podrían verse afectados aún no se conoce, pero el borrador que Sanidad ha entregado a las comunidades autónomas da alguna pista.

Para aplicar las mismas restricciones en municipios de más de 100.000 habitantes con alta afectación por coronavirus habla de 11 grandes ciudades que cumplen uno de los criterios para ello: tener una incidencia superior a los 500 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. El citado documento, al que ha tenido acceso laSexta, señala que la población de estas 11 ciudades supone casi cinco millones de habitantes: 4.988.601 personas.

Lo que parece claro es que Madrid y otros nueve municipios cuentan con todos los requisitos. Según datos de Sanidad, solo la Comunidad de Madrid tiene una ocupación de camas UCI superior al 35%.

Así, un total de 10 municipios -de los 11 que superan el umbral de incidencia contemplado- cumplen los tres requisitos propuestos para aplicar en ellos estas restricciones, según lo dispuesto en el borrador.

Todos ellos se encuentran en la Comunidad de Madrid: además de Madrid capital, son Alcobendas, Alcorcón, Alcalá de Henares, Fuenlabrada, Parla, Torrejón de Ardoz, Móstoles, Getafe y Leganés.

No obstante, además de la incidencia acumulada, la propuesta del Ejecutivo establece otros dos criterios para aplicar estas medidas, que incluyen restringir las entradas y salidas de estas ciudades, limitándolas a ciertos supuestos justificados, así como limitar las reuniones y los aforos en el comercio, los lugares de culto o la hostelería.

Incidencia y ocupación de las UCI, dos indicadores

Estas son las tres condiciones que propone Sanidad para adoptar estas medidas:

1. Una incidencia de 500 casos o más por 100.000 habitantes en 14 días (medida hasta 5 días antes de la fecha de valoración), salvo que al menos el 90% de los casos correspondan con brotes no familiares identificados y controlados.

2. Un porcentaje de positividad superior al 10% en las pruebas de infección activa por COVID en las dos semanas previas.

3. Que la comunidad autónoma a la que pertenezca el municipio en cuestión presente una ocupación de camas de UCI por pacientes COVID-19 superior al 35% de la dotación habitual.

Las medidas que se podrían aplicar

En el borrador, Sanidad establece un plazo máximo de 48 horas para aplicar las medidas una vez que se aprueben en el Consejo Interterritorial. ¿Y cuáles son esas medidas? Están enfocadas a la reducción de la movilidad, el control de los contactos sociales y la reducción de los aforos.

· Se restringirá la entrada y salida de los municipios afectados, salvo que los desplazamientos sean justificados: asistencia a centros sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, asistencia a centros de estudio, retorno a la residencia habitual, desplazamiento a entidades financieras, cumplimiento de trámites ante órganos públicos u otras causas de fuerza mayor.

· Las reuniones, tanto en espacios públicos como privados, se reducirán a seis personas, salvo que sean convivientes o que se trate de una actividad laboral o institucional.

· Se suspenderá la actividad de los parques infantiles de uso público.

· El aforo en los lugares de culto tendrá que ser de un tercio, siempre que se garantice la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. A los velatorios solo podrán acudir 15 personas si es un espacio al aire libre o diez, en un espacio cerrado, sean o no convivientes. Mientras la comitiva para el enterramiento o la cremación se restringirá a 15 personas.

· El aforo en los locales comerciales se reducirá al 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.

· El aforo en los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas se verá reducido a un 50% en espacios interiores y a un 65% en espacios exteriores. El consumo en barra no estará permitido, la ocupación máxima será de seis personas por mesa y la distancia entre las sillas de las agrupaciones de mesas tendrá que ser de 1,5 metros. No se podrán admitir clientes a partir de las 22:00 horas y se cerrará antes de las 23:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

· Las academias, autoescuelas y centros de enseñanzas no regladas también tendrán que reducir su aforo al 50%.

· En las instalaciones deportivas, tanto al aire como interior, el aforo será del 50% si es un espacio cerrado y del 65% si es un espacio abierto. Además, la práctica en grupos se reducirá a un máximo de seis personas. Las competiciones que estén bajo la tutela de Federaciones deportivas españolas tendrán que aplicar el protocolo de estas.

· Además, las comunidades autónomas con municipios afectados tendrán que reforzar sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el Plan de respuesta temprana.

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