Tribunales
El Supremo abre la sexta causa penal a Alvise por incitar a desórdenes en protestas agrícolas en 2024
Los detalles Para la Sala, las publicaciones realizadas en Telegram en relación a dichas protestas no aparecen como simples manifestaciones de crítica política, protesta social o adhesiones a una movilización sectorial.
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El Tribunal Supremo ha abierto una sexta causa penal contra el eurodiputado Luis Pérez Fernández, conocido como Alvise, por presuntos desórdenes públicos debido a publicaciones en Telegram relacionadas con protestas agrícolas en 2024. Las publicaciones incitaban al bloqueo de infraestructuras y aprovechaban la falta de efectivos policiales para coordinar acciones colectivas que podrían afectar gravemente al orden público. Aunque la libertad de expresión protege el discurso crítico, no ampara llamamientos a acciones desordenadas. El Supremo, que ya ha solicitado suplicatorios al Parlamento Europeo en otras causas, investiga también a Alvise por falsedad, injurias, financiación ilegal, revelación de secretos y amenazas.
* Resumen supervisado por periodistas.
El Tribunal Supremo ha abierto la sexta causa penal al eurodiputado Luis Pérez Fernández, conocido como Alvise, por un presunto delito de desórdenes públicos por unas publicaciones en Telegram en relación con unas protestas agrícolas en 2024.
Para la Sala, dichas publicaciones no aparecen en este momento procesal como simples manifestaciones de crítica política, protesta social o adhesiones a una movilización sectorial. Su contenido, explica el tribunal, "incorpora llamamientos reiterados a la ocupación, bloqueo y colapso de vías de comunicación, acceso urbanos, centros logísticos, puertos, refinerías y nodos de distribución; y propone la utilización de vehículos propios para apoyar cortes circulatorios".
Y, además, "alude a la necesidad de aprovechar la insuficiencia de efectivos policiales; y asocia la movilización a fórmulas de coordinación colectiva con aptitud para afectar de modo grave al orden público".
Añade que la libertad de expresión, la libertad ideológica y el derecho de participación política protegen el discurso crítico frente al Gobierno, la denuncia de actuaciones policiales o la convocatoria de protestas.
"Pero tal protección no se extiende, sin más, a los llamamientos directos y públicamente difundidos a la ejecución de conductas" que pueden dar pie a los desórdenes públicos agravados.
Esta causa fue devuelta inicialmente por el Supremo al Juzgado de Instrucción 29 de Madrid, para que comprobara si Alvise se hallaba al frente del 'Canal Alvise', un hecho que ahora la Comisaría General de Información considera que "existen indicios suficientes".
Se trata de la sexta causa abierta a Alvise por el Supremo, que ya ha dirigido, al menos, en dos de ellas el suplicatorio al Parlamento europeo para continuar con los procedimientos.
Alvise ha declarado en todas las anteriores menos en la quinta, cuando envió un escrito para que se dejara sin efecto la citación del pasado 7 de mayo hasta que se conceda el suplicatorio.
Respecto de las otras cinco causas, una es por presuntos delitos de falsedad e injurias por difundir una PCR falsa del exministro y presidente de la Generalitat catalana, Salvador Illa en 2021; y otra por difundir los mensajes que dirigió en la red Telegram contra la fiscal de delitos de odio de Valencia, Susana Gisbert.
La tercera causa, la más importante, es por presuntos delitos de financiación ilegal de partidos, estafa, apropiación indebida, blanqueo de capitales y falsedad documental por haber recibido, presuntamente, 100.000 euros para su campaña electoral.
Una cuarta es por presuntos delitos de revelación de secretos y acoso a los dos eurodiputados que concurrieron con él en el partido Se Acabó la Fiesta en las elecciones europeas de 2024 y que después rompieron con su formación; y la quinta es por la querella que presentó el alcalde de Algeciras, José Antonio Landaluce, por un presunto delito de amenazas condicionales.