Además de la indemnización
El Supremo reduce a 39.000 euros las costas procesales que García Ortiz deberá pagar a González Amador
¿Por qué es importante? A la nueva cuantía impuesta por el Tribunal Supremo hay que sumar los 10.000 euros de indemnización que el ex fiscal general del Estado ya pagó al novio de Isabel Díaz Ayuso.
Resumen IA supervisado
El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso presentado por el ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, respecto a las costas del proceso judicial en el que fue condenado a dos años de inhabilitación por revelación de secretos. Inicialmente, las costas del procedimiento se cifraron en 79.942,70 euros, pero García Ortiz las consideró indebidas y solicitó reducirlas a 39.000 euros. La letrada María Dolores de Haro, del Supremo, aceptó parcialmente el recurso, ajustando las costas a la cantidad solicitada. Además, García Ortiz fue condenado a pagar una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros por daños morales al empresario afectado.
* Resumen supervisado por periodistas.
El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso del ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz contra la estimación de las costas del proceso judicial por el que fue condenado a dos años de inhabilitación por revelación de secretos de Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
García Ortiz consideraba esta primera tasación como "indebida", solicitando reducirlas a 39.000 euros. En un decreto firmado por la letrada María Dolores de Haro, de la Administración de Justicia de causas especiales en el Supremo, estiman parcialmente este recurso y reducen las costas a la cantidad solicitada por la defensa del ex fiscal general del Estado.
González Amador cifró las costas del procedimiento en 79.942,70 euros. Tanto la Abogacía del Estado, en defensa de García Ortiz, como por la Fiscalía, recurrieron esa cantidad por considerarlas indebidas y excesivas.
El ex fiscal general del Estado también fue condenado a pagar una multa de 7.200 euros y una indemnización al empresario de 10.000 euros por daños morales.
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