FALLECIÓ EN 2011 EN EL CIE DE ALUCHE
La Justicia absuelve al médico acusado por la muerte de Samba Martine en el CIE de Aluche y apunta a la responsabilidad de la Administración
La mujer congoleña falleciótras 38 días encerrada en un CIE donde no recibió el tratamiento adecuado. Antes había estado en un centro de Melilla donde dio positivo en una prueba de VIH, pero el resultado de esos análisis no llegó a Madrid.
El Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid ha absuelto a un médico del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche, Madrid, por la muerte en diciembre de 2011 de la inmigrante congoleña Samba Martine, al estimar que no cometió un delito de homicidio por imprudencia.
La sentencia considera que sería "injusto" cargar en exclusiva al facultativo la muerte de Samba y apunta a la responsabilidad de la Administración en el caso. Así, aunque considera que "la actividad del acusado fue uno de los factores que provocó el deceso", no fue "el único y exclusivo" ni "tampoco el más relevante".
"Tanto las omisiones de otras personas como las deficiencias burocráticas tuvieron un peso muy relevante en que la interna no recibiera el tratamiento debido", argumenta el juez en su fallo.
La Fiscalía no acusaba al médico ahora absuelto, pero la acusación particular, ejercida por la familia de la fallecida, pedía tres años y medio de prisión al estimar que su actuación provocó que la interna empeorase gravemente. Por su parte, la acusación popular, ejercida por la ONG Ferrocarril Clandestino, había solicitado para el doctor dos años de cárcel.
Samba, de 33 años, era seropositiva y murió tras pasar 38 días internada en el CIE de Aluche, a causa de una infección pulmonar, mortal en personas con SIDA. Llegó a dicho centro trasladada desde el Centro de Estancia Temporal (CETI) de Melilla, donde le hicieron una prueba de VIH que dio positivo, unos análisis que no llegaron nunca al CIE de Madrid.
Una vez allí, acudió varias veces a la consulta médica por problemas de salud, pero no recibió el tratamiento adecuado. En su declaración en el juicio, el médico declaró que no le constaba que la fallecida fuera portadora del VIH y que los días que la atendió lo hizo sólo por "síntomas gripales".
De acuerdo con la sentencia, "si se hubiese recibido el informe del CETI de Melilla donde se hacía constar que ella era portadora de VIH, hubiera estado clara la importancia de la enfermedad y la necesidad de ingreso inmediato". En este sentido, el auto considera que "no es entendible que no hubiese una coordinación de datos entre los distintos centros de internamiento".
"Por la mañana ya había llamadas"
El 112 de Valencia estuvo recibiendo avisos para rescates desde la mañana de la DANA
Amparo López, gestora de emergencias en el 112 de la Comunidad Valenciana, ha explicado a laSexta cómo el 112 estuvo recibiendo llamadas de gente pidiendo ayuda desde la mañana en la que sucedió la DANA.