EN MELILLA

Condenan a un paciente a prisión por agredir a su médico por darle el alta

El condenado llegó a abalanzarse violentamente sobre el médico hasta provocarle diferentes lesiones al no estar de acuerdo con su decisión. A pesar de la condena de cuatro meses de prisión, el hombre no entrará en prisión.

Un hombre ha sido condenado a cuatro meses de cárcel en Melilla por ser responsable de un delito de atentado a los agentes de la autoridad, según la sentencia dictada por el magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Melilla, por agredir a un médico del Centro de Salud de Cabrerizas después de que este le diera el alta médica a una baja que disponía desde hacía un tiempo.

Según ha informado un portavoz del Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesa), el organismo que gestiona la Sanidad en Melilla, en la sentencia se señala como hechos probados que el día 25 de septiembre de 2017, el agresor acudió al Centro de Salud de Cabrerizas de esta ciudad, donde fue atendido por un médico, quien le dio el alta médica.

No obstante, como el agresor no estaba de acuerdo con el citado médico, "comenzó a gritarle e insultarle, tornándose cada vez su conducta más violenta y agresiva, momento en que se abalanzó sobre el citado profesional agarrándole fuertemente del brazo", han indicado.

La sentencia refleja que a consecuencia de tales hechos, el médico sufrió lesiones lineales eriternatosas compatibles con arañazos en brazo derecho y reacción a estrés agudo con crisis hipertensiva, que requirieron para su sanidad de una primera asistencia médica, tardando en curar cinco días de los cuales dos fueron de perjuicio exclusivamente básico, y tres días de perjuicio particular moderado. El profesional perjudicado ha renunciado a ser indemnizado.

En el fallo judicial se señala que se condena al agresor "como autor responsable de un delito de atentado a los agentes de la autoridad, previsto y penado en el artículo 550 del Código Penal, y un delito de lesiones del Art. 147.2 C.P, a la pena de cuatro meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por el delito de atentado, y veinte días de multa con cuota diaria de seis (6) por el delito leve de lesiones del Art. 147.2 C . P, y costas del procedimiento".

No obstante, la sentencia, que es firme al ser anunciada a las partes verbalmente y éstas haber anunciado "su voluntad de no recurrirla", señala que se suspende la pena privativa de libertad impuesta al agresor "condicionada a que el reo no delinca durante el plazo de dos años".

La Dirección Territorial del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) ha valorado de forma positiva la condena judicial, "no solo por el hecho sino también por el significado que tiene, de rechazo frontal y unánime a las actitudes y actos violentos contra el personal sanitario, en especial por su papel disuasorio contra los mismos y que dieron lugar a esta sentencia". La Dirección Territorial ha reiterado su apoyo a todo el personal ante estos lamentables hechos, "manteniendo permanente su voluntad en su prevención y su decisión de perseguirlos legalmente" ha indicado por último la citada fuente.

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