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EN LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LINARES, JAÉN

Una universitaria con discapacidad, obligada a devolver su beca al no aprobar la mitad de las asignaturas

La Audiencia Nacionalha fallado en contra de una alumna universitaria que debe devolver su beca al no aprobar el 50% de los créditos matriculados. Considera que su discapacidad visual, de un 45%, no debe influir en su rendimiento académico.

Clase de universidad. | davidrcroteau.net

La sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha fallado en contra de una alumna de la UJA que padece un 45% de discapacidad visual y que tendrá que devolver su beca de 4.730,97 euros, al no haber superado el 50% de los créditos matriculados en convocatoria ordinaria o extraordinaria correspondiente al primer curso del Grado en Ingeniería Química Industrial.

De esta forma, la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que se da la razón a la resolución de la Dirección General de Política Universitaria del Ministerio de Educación, por la que se acordaba el reintegro de la beca concedida a esta alumna de la Escuela Politécnica Superior de Linares, en Jaén.

En sus alegaciones, la solicitante, tras explicar que durante el curso 2012/2013 había asistido a clase regularmente lo que implicaba un desplazamiento diario desde La Carolina, en Jaén, su domicilio, hasta Linares, a 40 kilómetros de distancia, argumentaba que había hecho "todo lo humanamente posible para superar las asignaturas matriculadas pero debido a una causa de fuerza mayor no imputable a mi buena diligencia y dedicación, esto no ha sido posible ya que padezco una minusvalía sensorial que limita mi capacidad y no me permite estar en igualdad de condiciones con los demás estudiantes universitarios".

"No veo bien y cuando llevo un período largo de tiempo leyendo se me cansa la vista y me empieza a doler la cabeza lo que hace que me tenga que parar un rato a descansar porque me es imposible continuar estudiando".

En todo este proceso, la alumna ha aportado un certificado, en el que la directora del Centro de Orientación y Valoración de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Jaén, pone de manifiesto que la interesada tiene reconocido, desde el 13 de abril de 1999 un grado de discapacidad del 47%.

La recurrente no cuestiona el hecho determinante del reintegro, la no superación del 50% de los créditos matriculados, pero sostiene que "por razones de equidad debería hacerse una interpretación más favorable de la normativa aplicable", teniendo en cuenta que tiene una discapacidad sensorial del 47%.

La Audiencia Nacional reconoce que aunque es cierto que tiene una patología en la vista y, consecuencia de ello, un grado de discapacidad del 47%, "no queda acreditada la incidencia de la patología en el rendimiento académico".

EP | Madrid
| 25/07/2016