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La medida entra en vigor el viernes 30 de noviembre

Así se circula en Madrid Central: Guía para residentes, visitantes e invitados a la nueva APR

La medida entra en vigor el viernes 30 de noviembre. Desde las 00.00 horas estará prohibida la circulación de todos los vehículos que marca la ordenanza, aunque la aplicación será gradual y comenzará con controles manuales antes de la imposición de multas.

Madrid CentralArchivo

mpNos despedimos de circular con libertad por el centro de Madrid. El Área de Prioridad Residencial (APR), conocido desde hace varios meses como Madrid Central, ya es una realidad.

¿Qué es Madrid Central?

Madrid Central es la medida del plan de movilidad de Manuela Carmena para la capital. Pretende limitar el tráfico en el Distrito Centro de Madrid a residentes, ambulancias y servicios públicos.

Abarcará un total de 472 hectáreas y el objetivo de reducir un 40% las emisiones. En este área se restringirá el tipo de acceso y la circulación dependiendo del tipo de vehículo.

La medida entra en vigor el viernes 30 de noviembre. Desde las 00.00 horas estará prohibida la circulación de los vehículos que marca la ordenanza.

¿Cuándo llegarán las multas?

Los tres primeros meses serán 'de aviso y no multa' y las sanciones llegarán en marzo.

En una primera fase se dará un periodo informativo y de pruebas en el que no habrán multas ni controles de acceso, pero sí controles aleatorios por parte de agentes que informarán de los criterios de circulación. En una segunda fase, durante enero y febrero, funcionarán ya las comprobaciones automáticas de las cámaras y cruces de matrículas. El Ayuntamiento comunicará con cartas los incumplimientos y las multas (de 90 euros o 45 con pronto pago) no llegarán hasta el mes de marzo.

Tráfico de una carretera española de entrada a Madrid | EFE

¿Quién podrá circular por el centro de Madrid?

a) Personas empadronadas en barrios del Distrito Centro

b) Invitados de las personas empadronadas en los barrios del Distrito Centro

c) Personas con movilidad reducida (PMR)

d) Personas físicas no empadronadas en MC propietarias de una vivienda en el Distrito Centro

e) Bicicletas, otros ciclosy vehículos de movilidad urbana

f) Motocicletas, ciclomotores y triciclos

g) Vehículos con etiqueta ambiental que aparquen en parkings de uso público o privado y reservas de estacionamiento no dotacional

h) Titulares de plazas de garajes particulares y PAR

i) Autotaxis y vehículos turísticos de arrendamiento con conductor con servicio con origen o destino en la zona (VTC)

j) Vehículos de carsharing

k) Vehículos cuyo acceso a MC resulte imprescindible para el adecuado desarrollo de la actividad de establecimientos de comercio, restauración y hostelería ubicados en MC

l ) Vehículos de empresas y profesionales de servicios y suministros

m) Vehículos con los que se presten Servicios públicos esenciales y servicios públicos básicos

n) Vehículos de profesionales de la Asistencia sanitaria pública domiciliaria

o) Vehículos con matrículas extranjeras y diplomáticas

p) Vehículos de Obras

q) Administraciones Públicas

r) Vehículos para actos en la vía pública y ocupaciones en la vía pública y mudanzas

s) Vehículos que accedan a MC para dejar o recoger alumnos de educación infantil y primaria, además de los de secundaria cuando las necesidades de estos así lo exija

t) Vehículos tipo turismo de personas trabajadoras de establecimientos del interior de MC con horario nocturno

u) Vehículos con permisos extraordinarios

¿A qué zona afecta?

Madrid Central comprende prácticamente la totalidad del distrito centro, ya que abarca los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia y Sol.

Afecta a las calles de Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, Carranza, glorieta de Bilbao, Sagasta, plaza de Alonso Martínez, Génova, Colón, Paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Cánovas del Castillo (Neptuno), Paseo del Prado, paseo del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, ronda de Toledo, Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España, calle Princesa y calle Serrano Jover.

¿Cuáles son y dónde adquirir las pegatinas?

En la actualidad son tres los métodos que se pueden utilizar: ir a las jefaturas de Tráfico, a las oficinas de Correos seleccionadas (más de 2.000 en todo el país) o a través de internet, aunque ésto último se reserva, de momento, a la comunidad de Madrid. Adquirir la etiqueta ambiental por internet es muy sencillo, ya que sólo necesitamos escanear el permiso de circulación y el DNI del titular. Con un precio de 8,47€, la web 'Pegatinas DGT' permite recibir la etiqueta en menos de 10 días en casa. Para conseguir la etiqueta en persona necesitas llevar contigo dos documentos: el DNI del titular del vehículo y su permiso de circulación. El coste de la etiqueta es de 5€.

Estas son las cuatro pegatinas y su significado:

Las pegatinas de la DGT | Centímetros Cúbicos

-Pegatina azul, o 'clase 0'. Referida a los vehículos de cero emisiones.

-Pegatina verde y azul, o ECO. Referida a los híbridos y a vehículos propulsados por gas.

-Pegatina verde, o 'clase C'. Referida a los coches de gasolina de menos de diez años y a los diésel de menos de tres.

-Pegatina amarilla, o 'clase B'. Referida a los coches de gasolina de más de diez años y a los diésel de más de tres.

¿Qué pegatina le pertenece a tu coche?

En puedocircular.com no hace falta más que introducir la matrícula del coche con el que vamos a circular en Madrid para que nos informe tanto de la etiqueta ambiental que nos corresponde como de los escenarios en los que podríamos aparcar y circular por la capital. Por supuesto, también nos informa sobre si hay algún escenario de contaminación activo.

INFORMACIÓN IMPORTANTE: CRITERIOS DE ACCESO Y AUTORIZACIONES A MADRID CENTRAL