La DGT suspende los plazos
El permiso de conducir es esencial para millones de personas que diariamente utilizan su coche. Sin embargo, con el Estado de Alarma el calendario se ha visto claramente trastocado. ¿Qué pasa si me caduca el carnet de conducir durante el confinamiento?
El Estado de Alarma en España entra ya en su segunda semana cuando se ha confirmado que se alargará otros 15 días más, hasta mediados del próximo mes de abril. Desde el pasado 15 de marzo el país vive una situación completamente atípica que ha paralizado casi por completo su actividad, limitando también los movimientos personales tanto a pie como en vehículo privado y público.
La semana pasada el Estado anunció que la caducidad de los DNI quedaba en suspensión: todos los DNI que caducasen durante 2020 estarían exentos de ser renovados hasta marzo de 2021, en un ejercicio de responsabilidad para prevenir posibles bloqueos en el proceso de renovación de documentos oficiales. Sin embargo, en la DGT se había mantenido silencio hasta ahora, cuando el Ministerio del Interior ha tomado una medida similar.
Y es que la DGT ha anunciado ahora que todos los permisos de conducir que caduquen durante el estado de alarma contarán con una prórroga. VER VÍDEO DE ARRIBA.
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La ITV es uno de esos puntos clave que todos tenemos en cuenta cuando cada día utilizamos nuestros coches: se trata de uno de los métodos más efectivos para controlar la “salud” del parque móvil que cada día se desplaza por nuestras carreteras, un sistema que, si bien no es infalible, posibilita saber que la inmensa mayoría de vehículos que circulan por nuestras vías lo hacen cumpliendo unos mínimos de seguridad técnica, manteniendo además la vigencia administrativa de, por ejemplo, el seguro de automóvil obligatorio y sin el cual no es posible superar la inspección.
Sin embargo, la entrada en funcionamiento del estado de alarma en todo el territorio nacional el pasado domingo día 15 ha trastocado nuestro día a día de manera ostensible, y las ITV no son ajenas. Todos sabemos ya que la circulación injustificada por la carretera no está permitida, y sólo se puede coger el coche para casos puntuales, debidamente especificados en el Real Decreto que regula el funcionamiento del estado de alarma.
Los trayectos a la ITV no están entre las excepciones, de ahí que durante los primeros días de vigencia del estado de alarma hayan surgido dudas sobre la legalidad de los trayectos a las ITV.