ES UNA DE LAS MAYORES DUDAS
Hay muchos bulos y mitos respecto a la velocidad a la que saltan los radares, pero la DGT ha decidido proporcionar la información para acabar con ellos y dejar sobre la mesa la verdad.
Cuando pensamos en los radares nos pueden asaltar infinidad de pensamientos acerca de estos, pero uno de los más recurrentes es, sin lugar a dudas, a qué velocidad saltan. Y es que, ¿realmente existe cierto margen de error? ¿O son precisos como un bisturí y en cuanto uno sobrepasa la velocidad de la vía, aunque sea en 1 km/h? La DGT pone punto y final a todas y cada una de las dudas al respecto.
Aunque sí que es cierto que existe lo que se conoce como margen de error, pero no porque el propio dispositivo falle, sino porque está establecido por ley. Este existe para asegurarse de que, cuando salta el radar, lo haga porque ha detectado un vehículo circulando a una velocidad anormalmente alta.
La DGT pone punto y final a una de las mayores incógnitas de los radares
Esto quiere que si por ejemplo circulamos por la autopista a 122 km/h, en teoría, el radar no debería saltar pero, ¿hasta dónde llega ese margen de error en la práctica? La DGT indica que el margen de error es, por una parte, de un 5-7%, y por otra de 5-7 km/h.
No obstante, esta situación no siempre fue así, ya que hasta 2014 ese margen era de 10 km/h. Pero, con la reforma del Código de Circulación la cosa cambió, dejando que los radares fijos tengan dos tolerancias distintas: 5 km/h y un 5%. Además, esta calibración también varía en función del límite de velocidad de la vía.
De esta manera, en vías con límites de 50, 60, 70, 80, 90 y 100 km/h, hay ese margen de error de 5 km/h, pudiendo evitar la sanción circulando hasta 5 km/h por encima del límite. Pero por encima de los 100 km/h hay que añadir un 5% de margen, lo que provoca que en vías de 110 km/h el radar salte a 115,5 km/h y en una de 120 km/h lo hará a 126 km/h.
Pero la situación también es diferente para los radares móviles, ya que el margen es ligeramente superior al plantarse en 7 km/h o un 7%. Lo que no varía es la aplicación de estos margen, siendo de 7 km/h en vías de hasta 100 km/h y de ese 7% en vías con un límite de velocidad superior, saltando así el radar a 117,7 km/h en las de 110 y a 128,4 en las de 120.