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Los auriculares son uno de los dispositivos más utilizados y populares por todos nosotros. Su uso en el coche está prohibido, pero...¿qué sucede cuando se trata de auriculares inalámbricos que no tienen cables con los que enredarse o distraerse? ¿Siguen estando prohibidos?
Las multas de tráfico desempeñan un papel crucial en la seguridad vial en España. En cualquiera de las miles del carreteras del país los conductores están sujetos a una serie de normativas y reglamentos destinados a garantizar un entorno de conducción lo más seguro posible. Entre los comportamientos más habituales que son motivo de multa se encuentran el exceso de velocidad, el uso del teléfono móvil al volante, el estacionamiento indebido y el no uso de los cinturones de seguridad.
Estas infracciones, aunque comunes, representan un riesgo muy importante para la seguridad vial. Y es que la imposición de multas no solo actúa como un elemento disuasivo, sino que también busca promover comportamientos responsables en la carretera. En cualquier caso, lo cierto es que hay cientos y cientos de comportamientos que son sancionables, aunque es igual de cierto que la inmensa mayoría de conductores hacen un uso responsable de sus vehículos.
Un ejemplo de ello es el uso de auriculares al volante, prohibido desde hace ya muchos años. Su uso mientras se conduce está sancionado con 200 euros y, además, con la retirada de 3 puntos de nuestro carnet de conducir. Los auriculares también están prohibidos en otros vehículos como motocicletas (aunque con excepciones), así como en las bicicletas o incluso en los patinetes eléctricos. La presencia de cables y enchufes puede influir en la maniobrabilidad del conductor, suponiendo un riesgo añadido que es completamente evitable.
Sin embargo, muchos conductores y usuarios tienen la duda: ¿qué sucede si los auriculares son inalámbricos? Cada vez es más habitual encontrarse con auriculares de pequeño tamaño, que prácticamente se incrustan en la oreja y no molestan en absoluto para ningún movimiento. ¿Están en ese caso permitidos?
La respuesta por parte de la DGT es tajante: absolutamente no. Y es que tal y como se recoge en el artículo 13.3 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial, "queda prohibido conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención". De esta manera, independientemente de que se trate de auriculares con cable o de tipo inalámbrico.