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¿Qué pasa con los márgenes de error de los radares?

Los radares ya aplican correctamente sus márgenes de error en algunas comunidades

Los márgenes de error de los radares son un tema muy polémico que parece que, poco a poco, comienza a resolverse: algunas comunidades ya han modificado el funcionamiento de sus radares

Los radares son instrumentos muy apropiados para controlar el comportamiento de los conductores, ya que resultan una herramienta muy efectiva a la hora de sancionar y recaudar, llevando también a cabo una labor educativa muy importante al poner sobre aviso a los conductores sobre el control que se realiza de su velocidad en casi cualquier momento.

Sin embargo, son ya muchos años los que lleva la organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA), denunciando que las distintas Administraciones con competencia en materia de tráfico como la DGT, el Servei Catalá de Tránsit o el Gobierno Vasco estaban imponiendo sanciones de velocidad sin aplicar el margen de error en las mediciones llevadas a cabo por los radares.

Ésta situación está comenzando a cambiar, al menos en el Pais Vasco, ya que según AEA ya se está sancionando teniendo en cuenta el margen de error de los radares, de forma que sobre la velocidad captada por el radar -la que aparece en la fotografía que ilustra la multa que nos llega a casa- se está aplicando el error máximo previsto por la ley, una acción que podría cambiar el 'resultado' de miles de multas. VER VIDEO.

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Los radares son uno de los grandes conocidos de nuestras carreteras. Los cinemómetros, tanto en su versión fija como en sus variantes móviles, se encargan de medir la velocidad a la que circulamos, siendo los encargados de "probar" que estamos circulando a una velocidad inadecuada, dando pie a una sanción, pero...¿se están aplicando bien los márgenes de error de los radares?

En las últimas semanas conocíamos el caso de un conductor que había reclamado una multa de velocidad a consecuencia de los márgenes de error y los tribunales le habían dado la razón...un caso que se ha vuelto a repetir hace unos días en la localidad gallega de Pontevedra, donde una conductora ha sido sancionada por exceso de velocidad con una multa de 300€, a lo que hay que sumar la retirada de 2 puntos de su permiso de conducción.

La conductora interpuso un recurso en los juzgados de lo contencioso administrativo de Pontevedra alegando "la falta de prueba de la aplicación en la descripción de la conducta infractora por exceso de velocidad de los márgenes de error propios del aparato cinemómetro empleado para su detección", es decir, "la inexistencia de una prueba sobre la velocidad real a la que se circulaba, pues no se ha acreditado que la DGT aplicase los márgenes de error del cinemómetro concreto".

El juzgado admitió a trámite el recurso, y ha terminado dándole la razón, ya que según la jueza del caso en las fotografías de la multa se ve el valor captado por el radar, pero "no se rebaja de acuerdo con el margen reglamentario previsto". Al tratarse de un radar fijo y de una velocidad detectada inferior a 100 km/h (fue detectada a 91 km/h en un tramo de 60 km/h), el margen de error a aplicar es de 5 km/h, por lo que "el cálculo correspondiente arroja un resultado, siempre a favor (in dubio pro reo) de la conductora captada, de 86 kilómetros", según recoge la sentencia, contra la que no cabe recurso, y que obliga a la DGT a devolver 200€ a la conductora y a anular la pérdida de puntos.

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