'LEY DE NIETOS'
La instrucción en la que se basa el Supremo para paralizar el voto de 2,4 millones de españoles copia una de 2008 que nadie recurrió
El contexto El Tribunal Supremo ha suspendido de manera cautelar la 'ley de nietos' al considerarla un "peligro fundado y real" para el resultado de futuras elecciones.
El Tribunal Supremo considera que la 'ley de nietos' representa un "peligro fundado y real" para el resultado de futuras elecciones. Así se señala en los autos en los que paraliza de forma cautelar el voto de los residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad acogiéndose a una instrucción del Ministerio de Justicia que eliminó la obligación de demostrar documentalmente la persecución por motivos políticos, ideológicos o de orientación sexual para los exiliados entre 1936 y 1955.
Ahora bien, lo cierto es que laSexta ha podido comprobar que esa necesidad de acreditación no es nueva, pues ya aparecía en una instrucción del Ministerio de Justicia dictada, ni más ni menos, que de 2008 tras la aprobación de la Ley de Memoria Histórica.
En concreto, se recogía que "se presumirá la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955", sin añadir ninguna cuestión adicional.
Entonces, nadie la recurrió ni puso ninguna objeción, al contrario de lo que está sucediendo ahora. De hecho, su aplicación ha estado siendo pacífica desde entonces.
Por otro lado, fuentes de la cartera de Justicia que dirige Félix Bolaños aclaran a laSexta que el hecho de que se esté nacionalizando a bisnietos de los precitados exiliados no tiene nada que ver con la instrucción, pues es la propia Ley de Memoria Democrática, en su Disposición Adicional 8ª, la que lo recoge.