Caso Errejón

El juez manda al banquillo a Errejón por los presuntos abusos sexuales a Elisa Mouliaá y le impone una fianza de 30.000 euros

Los detalles El exdirigente de Podemos y Sumar tendrá que acudir al Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid el 15 de enero para recibir la notificación del auto de apertura de juicio oral.

El titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, Adolfo Carretero, abre juicio oral contra el exdirigente de Podemos y Sumar Íñigo Errejón por abusos sexuales continuados contra Elisa Mouliaá. Además, le impone una fianza de 30.000 euros por las responsabilidades civiles que tendría que afrontar en caso de ser condenado.

El instructor dicta la apertura de juicio oral contra Errejón pese a que la Fiscalía pidió el archivo de las actuaciones. Lo hace apoyándose en los escritos de acusación que formularon tanto el abogado de la actriz, Alfredo Arrién, que pidió tres años de prisión, como la acusación popular. El Juzgado, a través del letrado de la Administración de Justicia, cita a Errejón el próximo 15 de enero a las 9:30 horas para notificarle el auto de apertura de juicio oral.

Así ha sido el camino de Errejón hacia el banquillo

El procesamiento de Errejón se produjo el pasado noviembre, después de trece meses de investigación en los que Carretero tomó declaración al propio Errejón, a Mouliaá, a testigos y a psiquiatras. Como parte de las pesquisas, también llegó a pedir tanto al expolítico como a la actriz que aportaran las conversaciones mantuvieron tanto antes como después de los hechos que se están investigando.

Según la denuncia de Mouliaá, los hechos se habrían producido en la presentación de un libro de Errejón y después de casi un año hablando por redes sociales. La artista defiende que, al terminar el evento, se fueron a tomar unas cervezas a un bar cercano y ella, que ya tenía previsto acudir esa noche a una fiesta en casa de un amigo, invitó al entonces dirigente de Más Madrid a que la acompañara.

Al respecto, el magistrado afirmó que "los indicios existen y no han sido totalmente desvirtuados por la versión del investigado, su prueba pericial y documental". Por ello, y al no existir testigos presenciales, consideró que la declaración de Mouliaá era "el principal indicio probatorio" para continuar con el procesamiento de Errejón.

Además, el juez consideró que Mouliaá "no tenía ningún móvil espurio, enemistad, odio o venganza, sino más bien todo lo contrario" contra Errejón, y sostuvo que su versión era "coherente en lo esencial".

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